Tras cumplir 6 años de prisión, el médico Arzuza recibirá una pena definitiva que va de los 9 a los 16 años de cárcel

La Justicia unificará las penas por las dos muertes de pacientes por las que el cirujano plástico ya ha sido condenado.

Tras cumplir 6 años de prisión, el médico Arzuza recibirá una pena definitiva que va de los 9 a los 16 años de cárcel
Arzuza fue condenado dos veces por la muerte de dos pacientes.

Con 6 años de prisión sobre sus espaldas, en los próximos días se decidirá cuál es la pena efectiva que debe cumplir el médico Gustavo Arzuza (52) –condenado por dos casos de mala praxis que terminaron con la vida de dos pacientes que se sometieron a fallidas cirugías estéticas.

Ayer, durante una audiencia presidida por los jueces Laura Guajardo, Mateo Bermejo y Belén Renna, la Fiscalía de Instrucción N° 18, a cargo de la fiscal de Homicidios Claudia Ríos solicitó la pena de 16 años de prisión para el especialista en cirugías plásticas. En cambio el abogado defensor Martín Ríos se inclinó por una condena más baja: 9 años de cárcel.

Las penas solicitadas por las partes son por el homicidio simple de Isabel Gattari (48)- una mujer que murió luego de someterse en 2016 a una liposucción y una operación en los glúteos-, y por estafas a la OSEP por la extracción deliberada de medicamentos.

El médico Arzuza fue golpeado por detenidos
El médico Arzuza fue golpeado por detenidos

A las penas establecidas por estos dos delitos – que van de 8 a 31 años de prisión- hay que unificarlas con otra pena cuya sentencia está firme: 4 años y 6 meses de cárcel por el homicidio culposo de Roberto Del Barco (45), un empresario de transporte a quien Arzuza, en 2013, iba a realizarle una liposucción y falleció en al recibir la anestesia.

Mala praxis

Esta audiencia para fijar la pena definitiva para Arzuza se realiza a pedido de la Corte Provincial que, en 2020 ordenó “condenar a Arzuza Villegas Carlos Gustavo, como autor penalmente responsable de los delitos de homicidio simple y fraude en perjuicio de la administración pública en modalidad de estafas reiteradas”.

Esto, en relación al pedido de la fiscal Ríos, quien entendió que la muerte de Isabel Beatriz Gattari no fue un homicidio culposo, sino un homicidio simple.

Este fue el hecho, según la Corte: “el viernes 2 de diciembre de 2016 en hora indeterminada pero con posterioridad a las 11.29 horas, el médico cirujano Carlos Gustavo Arzuza Villegas, en el interior del domicilio ubicado en calle Alem al 388 de la ciudad de Mendoza, le realizó a la señora Isabel Beatriz Gattari (a) Betty una intervención quirúrgica consistente en una dermolipectomía con liposucción, una liposucción región lumbar y colocación de implantes glúteos.

“Las intervenciones quirúrgicas fueron realizadas en un mismo acto quirúrgico, sin los controles médicos prequirúrgicos correspondientes y en un lugar no habilitado ni idóneo a sus efectos, para luego de terminada la intervención quirúrgica no ejercer el debido contralor de la paciente durante las primeras 24 horas, derivándola a su domicilio sin indicarle la toma de anticoagulantes, incrementando con su obrar negligente el riesgo de trombo embolismos.

“A causa de la operación Gattari comenzó a padecer fuertes dolores, razón por la cual se comunicó con Arzuza requiriendo su atención. A raíz de dicho llamado, se hizo presente el día 4 de diciembre del 2016 aproximadamente a las 00.30 horas en el domicilio de Gattari, en Guaymallén, Laura Florinda Duta, pareja de Arzuza, quien atento al estado en que se encontraba Gattari, le aplicó personalmente inyecciones y suero, indicándole que eran para calmar el dolor y relajarla.

“Para fecha 7 de diciembre de 2016, momentos antes de las 15.00 horas, Gattari se desvaneció en su domicilio, concurriendo al llamado el médico Carlos Arzuza después de las 18.00 horas. Minutos más tarde Gattari falleció a causa de un trombo embolismo pulmonar producido por la intervención a que fuera sometida”.

Es por ello que la el fallo de la Corte sostiene que Arzuza, por sus conocimientos médicos “debió representarse que en las condiciones y bajo los términos en que realizó las tres intervenciones en un mismo acto, y al dejarla sin el debido contralor las 24 primeras horas posteriores a la operación y sin anticoagulantes, podrían producirse coágulos que derivarían en un trombo embolismo pulmonar y su muerte, y al no cumplir con lo que le exigía la lex artis de la medicina, incrementó el riesgo que en definitiva se materializó en el resultado muerte de Isabel Beatriz Gattari”.

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