Se complicó la situación de la jueza que fue descubierta besando a un preso en el penal de Comodoro Rivadavia. El encuentro quedó registrado en un video de seguridad que sirvió de prueba para la investigación.
A principios de este año la jueza Mariel Alejandra Suárez fue muy cuestionada por sus visitas a Cristian Omar “Mai” Bustos, un homicida condenado.
Según informó Infobae, esta semana el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia de Chubut concluyó su informe y elevó el sumario al Consejo de la Magistratura local, que ahora deberá definir si se concreta un jury de enjuiciamiento.
La camarista Flavia Trincheri, que estuvo a cargo de la investigación, consideró probado que la magistrada se encontró dos veces con un preso de alta peligrosidad en el Instituto Penitenciario Provincial (IPP) de Trelew, en una oportunidad fuera del horario de visitas.
Trincheri consideró esta conducta “deslucida y desajustada al cargo de Jueza que detenta”. El STJ comprobó que la magistrada de Comodoro Rivadavia -que ya había atravesado un jury en 2013 - ingresó a visitar a Bustos el miércoles 29, un día después de la última condena en el juicio que ella presidió, y el jueves 30 de diciembre pasado al IPP de Trelew.
El polémico video de la jueza y el preso
Las visitas fueron registradas por las cámaras de seguridad del penal. En las imágenes se ve a la jueza y al preso que se abrazan, se toman fotos y, aparentemente, se besan en la boca.
Al ver esto, un oficial del IPP denunció el hecho ante sus superiores y se produjo un escándalo. En la segunda visita, Suárez y el interno se sentaron uno al lado del otro en el piso, en un punto ciego donde no podían ser captados.
El sumario concluyó que la magistrada violó con sus visitas, al menos, tres normas. La jueza Trincheri advirtió que Suárez estaba de turno y que, para eludir presidir una audiencia de control de detención, dijo estar enferma cuando en realidad había viajado a Trelew.
La magistrada consideró que Suarez violó el artículo 10 inciso B del Reglamento Interno al no “observar una conducta decorosa compatible con la dignidad de la función judicial”.
También el artículo 13 de la ley de ética que prevé el “deber de conducirse apropiadamente en público” y el artículo 17 del Código Procedimiento Penal que habla de “igualdad entre las partes e imparcialidad”.
“Los jueces tienen actividad jurisdiccional y una vida personal que deben armonizar en lo público con su función. La sociedad necesita tranquilidad espiritual al observar qué hacen de su vida pública aquellos que deciden sobre la suya; demandan probidad en su actividad extra judicial”, advirtió el informe.