Los condenaron tras confesar el asesinato de un chico de 15 años en una riña en la Triple Frontera

Tras un juicio abreviado, Rodrigo y Jorge Ávila y Brandon Álvarez admitieron haber ultimado a Agustín Galdamez durante una riña en febrero de 2020. Dos bandas desbaratadas.

Los condenaron tras confesar el asesinato de un chico de 15 años en una riña en la Triple Frontera
Tras el asesinato de Agustín Galdamez se desataron balaceras en la zona.

En un año la Justicia cerró la investigación por el crimen de un menor de edad cometido en la conflictiva Triple Frontera (zona limítrofe entre Luján, Maipú y Godoy Cruz), logrando no sólo tres condenas, sino también prácticamente desbaratar a dos bandas delictivas.

Dentro de la sentencia por el asesinato de Agustín Exequiel Galdamez (15), ocurrido la tarde del 22 de febrero de 2020, hubo quienes salieron mejor parados que otros. Rodrigo Ávila (23) y su padre Jorge (47) recibieron una pena de tres años en suspenso por un homicidio en riña agravado por el uso de arma de fuego, mientras que a Brandon Álvarez (22) le dieron cuatro años efectivos y unificados, tres por el mismo delito que sus cómplices y uno más por una tenencia de arma. Este último, por ese antecedente, deberá cumplir pena en la cárcel, en tanto que los otros dos hombres lo harán en libertad y bajo ciertas medidas.

La causa se resolvió esta semana mediante un juicio abreviado, lo que significa que los autores del hecho admitieron su participación y esto les permitió acordar una condena entre sus abogados y la fiscalía, en esta oportunidad a cargo de Carlos Torres. El juez Diego Flamant fue quien avaló el “pacto”

“Los Ávila” versus “Los Paperos”

Los investigadores que trabajaron el expediente, tras el juicio, reconocieron que además de finalizar la pesquisa creen haber desarmado a dos grupos que frecuentemente generaban conflictos en esa zona.

Entre “Los Ávila” están los recientemente condenados. De hecho, la gavilla se llama así por ellos, que son acompañados por otros jóvenes. Esta familia vive en el barrio Pablo XI de Godoy Cruz y su casa fue incendiada a modo de venganza en las horas posteriores al crimen de Galdamez.

Por el homicidio y otros episodios en los que fueron cayendo detenidos, es que los sabuesos entienden que esta banda ha perdido fuerza.

Lo mismo ocurre con “Los Paperos”, facción en la que se movía la víctima fatal, que ya tiene a muchos integrantes presos por abuso de armas y lesiones graves, por mencionar algunos de los delitos en los que han sido investigados.

En este contexto, los detectives determinaron que el móvil del ataque al chico de 15 años, apodado “Nino”, fue por los enfrentamientos de estos clanes, que aparentemente se disputaban el control del negocio de la droga en el asentamiento Néstor Kirchner.

Precisamente en una de las calles de esa barriada maipucina el menor fue baleado en el abdomen en horas de la tarde. Y a pesar de que lo llevaron de urgencia en un vehículo particular al hospital Diego Paroissien, los médicos no pudieron salvarlo.

Gracias al aporte de testigos la Policía fue arrestando rápidamente a los acusados, e incluso horas después el caso ya tenía a dos detenidos -Ávila padre y Álvarez- y armas secuestradas. El tercer implicado fue capturado en marzo.

Durante aquellos días los residentes de ese sector vivieron un verdadero infierno por las balaceras previas y por las represalias una vez que se conoció el desenlace fatal.

Sin autor definido

Si bien en un principio los tres sospechosos estuvieron imputados por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, a partir de ahora cumplirán condena con una calificación mucho menor: homicidio en riña.

El artículo 95 del Código Penal especifica que, si en una muerte violenta participan más de dos personas y no se puede determinar quién fue el que causó la herida mortal, se los tomará como autores a todos los intervinientes y podrán recibir penas de dos a seis años.

En este violento hecho no se pudo individualizar puntualmente al que disparó, situación que benefició a los sindicados y los puso frente a un delito excarcelable.

Con la carátula inicial, arriesgaban de 10 a 32 años de cumplimiento efectivo.

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