Carlos Gustavo Arzuza (54) y Carlos Elías Gassibe (70) –dos médicos dedicados al negocio de las cirugías estéticas que fueron condenados por mala praxis- deberán pagarle una fuerte indemnización a la familia de uno de los pacientes cuya vida terminó en un improvisado quirófano en 2013.
El Cuarto Tribunal de Gestión Asociado sentenció a estos profesionales de la salud a pagarle a la esposa y a la hija de Roberto del Barco (45) la suma de $26.700.000 que al actualizarse con los intereses correspondientes a 10 años debe fijarse en unos $42.000.000.
Del Barco -un hombre que tenía una pequeña empresa de transporte- murió en julio de 2013 en una clínica céntrica cuando le administraron una fatal dosis de anestesia con la idea de someterlo luego a una liposucción y una abdominoplastia.
En abril de 2017 un tribunal penal consideró que la muerte de Roberto del Barco (45) fue “culposa” -no intencional- y, siguiendo ese criterio, condenó a los médicos Gustavo Arzuza y Carlos Gassibe a 4 años y 6 meses de prisión y 9 años de inhabilitación para ejercer la medicina.
“Los demandados, sin contar con el equipamiento tecnológico ni la presencia de un médico con certificado de especialidad en anestesiología le inyectaron por vía raquídea el anestésico local Bupivacaina, el cuál por su conocido grado de toxicidad genera un alto índice de morbimortalidad del paciente si no se suministra correctamente por un especialista”, dice la sentencia civil.
Agregando a renglón seguido que “Quedó demostrado que lo que causó la muerte del Sr. Del Barco por paro cardiorespiratorio instantáneo por anestésico, no habiendo podido lograr su reanimación pese a realizar maniobras tendientes a ello por no contar con el soporte asistencial necesario para la intervención que se pretendía realizar, dado el mayor riesgo que revestía el paciente considerando su condición de obeso mórbido”.
Actualmente Arzuza cumple con una pena de 11 años de prisión por una unificación de penas con otro caso similar; en tanto que Gassibe ya cumplió con la pena impuesta por la muerte de Del Barco.
En diciembre de 2021, a Justicia estableció una pena de 11 años de cárcel para Arzuza condenado por casos de mala praxis que terminaron con la vida de dos pacientes a las que sometió a fallidas cirugías estéticas.
Los jueces Laura Guajardo, Mateo Bermejo y Belén Renna fijaron un apena de 10 años de prisión para el cirujano que se dedicaba a realizar cirugías estéticas por el homicidio simple de Isabel Gattari (48)- una mujer que murió luego de someterse en 2016 a una liposucción y una operación en los glúteos-, y por estafas a la OSEP por la extracción deliberada de medicamentos.
Luego unificaron esa pena con la condena por el caso Del Barco –los 4 años y 6 meses- estableciendo una pena por ambos casos de 11 años.
Una operación que terminó con una muerte
En 2013 el empresario de transporte Del Barco conoció al médico Arzuza en el Colegio Español, donde cursaban sus respectivas hijas.
El empresario tenía sobrepeso y el médico le aconsejó que se realizara una liposucción abdominal que se pautó para el 15 de julio de 2013 en la clínica Excéllar -en Pedro Molina casi Perú de Ciudad- que no estaba habilitada para realizar ese tipo de práctica.
Luego de realizarse algunos estudios prequirúrgicos, Del Barco llegó con su mujer a los consultorios para una cirugía estética que nunca se llegó a realizar.
El hombre falleció pocos minutos después de que los médicos le inocularan una dosis de bupivacaína, un anestésico que el paciente no pudo resistir.
La familia denunció el caso a la Justicia y Laura Rousselle -por ese entonces fiscal de Capital- detuvo a los dos profesionales el 10 de octubre. La imputación fue por homicidio simple con dolo eventual y, días después, la Justicia les otorgó la libertad luego de que pagaran una fianza de 100 mil pesos cada uno.
La segunda muerte
El viernes 2 de diciembre de 2016 en hora indeterminada pero con posterioridad a las 11.29, el médico cirujano Carlos Arzuza, en el interior del domicilio ubicado en calle Alem al 388 de la ciudad de Mendoza, le realizó a la señora Isabel Beatriz Gattari una intervención quirúrgica consistente en una dermolipectomía con liposucción, una liposucción región lumbar y colocación de implantes glúteos.
Las intervenciones quirúrgicas fueron realizadas en un mismo acto quirúrgico, sin los controles médicos prequirúrgicos correspondientes y en un lugar no habilitado ni idóneo a sus efectos, para luego de terminada la intervención quirúrgica no ejercer el debido contralor de la paciente durante las primeras 24 horas, derivándola a su domicilio sin indicarle la toma de anticoagulantes, incrementando con su obrar negligente el riesgo de trombo embolismos.
A causa de la operación Gattari comenzó a padecer fuertes dolores, razón por la cual se comunicó con Arzuza requiriendo su atención. A raíz de dicho llamado, se hizo presente el 4 de diciembre del 2016 a las 00.30 horas en el domicilio de Gattari, en Guaymallén, Laura Florinda Duta, pareja de Arzuza, quien atento al estado en que se encontraba Gattari, le aplicó personalmente inyecciones y suero, indicándole que eran para calmar el dolor y relajarla.
El 7 de diciembre de 2016, momentos antes de las 15.00 horas, Gattari se desvaneció en su domicilio, concurriendo al llamado el médico Carlos Arzuza después de las 18.00. Minutos más tarde Gattari falleció a causa de un trombo embolismo pulmonar producido por la intervención a que fuera sometida”.
Es por ello que Corte provinicial al determinar que se trató de un homicidio simple estableciera que Arzuza “debió representarse que en las condiciones y bajo los términos en que realizó las tres intervenciones en un mismo acto, y al dejarla sin el debido contralor las 24 primeras horas posteriores a la operación y sin anticoagulantes, podrían producirse coágulos que derivarían en un trombo embolismo pulmonar y su muerte, y al no cumplir con lo que le exigía la lex artis de la medicina, incrementó el riesgo que en definitiva se materializó en el resultado muerte de Isabel Beatriz Gattari”.