Un jurado popular encontró culpable este jueves a Karen Oviedo (32) por haber asesinado a su pareja Rolando Aquino (47) en febrero de este año y a su hijastro, Elías Aquino (9) en julio de 2019 suministrándoles una dosis letal de Etilenglicol, un anticongelante que, puro y en bajas dosis, es letal. La almacenera apodada como la “envenenadora de Guaymallén” fue condenada a prisión perpetua.
Tanto la fiscalía de Homicidios como la querella oficial habían solicitado al jurado popular que preside el debate que la mujer sea considerada “culpable” por los delitos de Homicidio agravado por haber sido cometido a través de un procedimiento insidioso (engañoso) por la muerte de menor y por el mismo delito por el padre, sumándole en este caso el agravante del vínculo.
Por su parte Oscar Torres, el abogado defensor de la acusada les solicitó a los 12 integrantes del jurado que la consideren “inocente”, ya que para él, no hay pruebas sólidas que muestren su culpabilidad.
Durante los alegatos de cierre el fiscal Fernando Guzzo confrontó la declaración de la acusada con los hechos, descartando que se llevaba bien con el niño ya que la noche que Elián se enfermó fue a verlo pero “para ver cómo estaba funcionado su plan”.
En relación a Rolando, “ella quiere mostrar que era una mala persona, que le controlaba el teléfono pero al final terminó diciendo que ella se lo revisaba a él”.
También desestimo los argumentos de la mujer, quien dijo que había hablado con Google porque le habían jaqueado la cuenta de Mercado Libre para comprar Etilenglicol.
Valoró la declaración de Claudia Cortez, la empleada doméstica que escuchó cuando Rolando le dijo “todo lo que me das, me hace mal” y luego, repasando las pruebas, dejó abierto varios interrogantes para que el tribunal se los respondiera.
“Ella no tiene repercusión emocional, es centrada en sí misma, oculta su actitud negativa hacia los demás, presenta hostilidad excesivamente contralada, impulsos encubiertos. Sin indicadores de haber sido víctima de violencia de género”, enumeró Guzzo repasando la pericia psicológica de la mujer.
“Está probado que Karen ideó los homicidios, ideó la forma de hacerlos sin levantar sospechas, puso en marcha el plan criminal: compró el etilenglicol, lo recibió, lo disimuló, se deshizo del envase. Se lo suministró insidiosamente, conociendo la letalidad del producto en bajas dosis, no hizo acción de salvamento para que los médicos evitaran las muerte de ambos. Intentó eliminar las pruebas que la comprometían. Intentó sin éxito una coartada para mostrarse como víctima”, afirmó el fiscal solicitando al tribunal un veredicto de culpabilidad.
La importancia de las pruebas científicas
Un dato importante fue marcado por el fiscal Guzzo como por la fiscal Claudia Ríos y la querellante oficial Claudia Vélez: los peritos de la defensa, en ningún momento estuvieron en desacuerdo con las pericias oficiales, tanto médicas como psicológicas.
Ríos repasó el idéntico modus operandi que Karen Oviedo utilizó para llevar a cabo primero la muerte de niño y dos años después la del padre. “la causa de muerte de ambos: ingesta de Etilenglicol. Los dos mueren por falla multiorgánica. Todos los médicos dijeron lo mismo. Una cucharada es una dosis letal”.
“Se probó que los mató con un procedimiento insidioso, oculto, ingenioso, haciéndole ingerir Etilenglicol”, afirmó la fiscal para luego desmentir que Oviedo le haya suministrado a su marido un remedio para la piel y que la empleada doméstica fue la tiró el envase.
Para la fiscal, Oviedo también ideó un plan para ocultar el crimen, proponiendo la cremación de los restos, negando luego que haya sido la persona que consultó páginas para comprar, conocer la letalidad de producto y luego ver como se borraba el historial de teléfono.
“Les voy a pedir que el veredicto sea por unanimidad, por el caso de Elías: Homicidio agravado por procedimiento insidioso. Y en caso de Rolando con dos agravantes: por procedimiento insidioso y por el vínculo. Solo con el veredicto con unanimidad ustedes harán justicia”, indicó la fiscal.
El postura del defensor
Por su parte el abogado defensor Oscar Torres le dijo al jurado que no se los había convocado para conocer sobre compuestos químicos o aspectos psicológicos de la acusada sino saber la verdad real de los hechos.
Desestimó la declaración de los testigos y solo consideró como importante la de Claudia Cortez, la empleada y unas especialistas de la UNCuyo que analizó una muestra.
“No discutimos la prueba. No estamos en contra de la ciencia, en desacuerdo con los especialistas que dicen que murieron por la ingesta del refrigerante. Pero acá no se probado que mi clienta hay sido la autora material de hecho. No hay pruebas de ello. Tiene que haber certeza. Ustedes tienen que estar convencidos. Es un delito grave. Ella no ve a ver más a sus hijas. No tiene nada que ver si ella es mala o buena. Qué razón tenía para Karen para matar a su esposo y al niño dos años antes”, dijo el defensor.