Los responsables de un salón de eventos de Coquimbito (Maipú), en el que se realizó una fiesta de egresados de alumnos de Facultad de Arquitectura de la Universidad de Mendoza, deberán indemnizar con 800.000 pesos a un turista neozelandés que fue brutalmente golpeado por dos jóvenes mendocinos que participaron de la celebración.
En noviembre de 2015 el ciudadano neozelandés Leo Rempo, un estudiante de 22 años, se encontraba viajando por Latinoamérica y decidió visitar a unos amigos en Mendoza.
Durante su estancia en nuestra provincia, y a días de viajar rumbo a Chile, sus amigos lo invitaron a una fiesta de egresados que se iba realizar en un salón llamado Luna India, en Maipú.
Ya de madrugada, cuando el festejo estudiantil estaba por terminar, el visitante rozó con un cigarrillo a Ignacio Robello, sin quemarlo. Entonces este joven “reaccionó con violencia inusitada y desmedida, sin aceptar disculpas y explicaciones que el turista le ofrecía y habría comenzado a agredir física y verbalmente”, según se explica en la demanda, agregando que incluso “habría apagado el cigarrillo en su cuerpo”.
Cuando el extranjero se estaba disculpando, uno de los amigos de Rempo trató de interceder pero alguien que no tenía nada que ver en el asunto -Nicolás De Pellegrin- le habría dado un duro golpe de puño en la cara y luego los dos agresores habrían seguido golpeando al turista.
Sin ningún tipo de ayuda de los “patovicas” que custodiaban el lugar, los amigos llevaron al neozelandés al hospital Central, donde le diagnosticaron distintos traumatismos producto de la cantidad de golpes recibidos y una grave fractura de mandíbula. Por ello los médicos le prescribieron una urgente cirugía reparadora, además de administrarle antibióticos, analgésicos y buches con antisépticos.
Días más tarde, con “un 75% de probabilidades de perder la sensibilidad del labio inferior a causa de la lesión y de la cirugía”, Rempo fue operado por un odontólogo especialista en cirugía maxilofacial. Luego debió comenzar la recuperación paulatina, que consistió en 15 días de reposo absoluto, dieta líquida y, posteriormente, 20 días de reposo y alimentación blanda, sin actividad física.
Daño moral: como un viaje de Nueva Zelanda a Brasil
Ahora la jueza Roxana Álamo, del Primer Tribunal Asociado, ordenó que la empresa organizadora –Reina Victoria SRL y los dueños del local, José Mansur e Hijos SRL- deben indemnizar al viajero con 802.000 pesos, en un fallo de primera instancia.
Este importe está conformado por 350.000 pesos por daño material, igual cifra por daño moral y 102.000 por gastos directos.
Resulta llamativa la forma en que se determinó el monto por el daño moral. Además de considerar la juventud del agredido y los daños -fractura de su maxilar y dificultades de deglución no solucionadas- consideró “el trato indigno que recibió en la fiesta, en la que no sólo se comprobó ser destinatario de un tumulto provocado en el ámbito del mismo, sino que el mismo personal de seguridad, con funciones diametralmente opuestas, no lo asistió”.
“Pondero que con dicha suma podrá acceder a un pasaje desde su país Nueva Zelanda a Río de Janeiro, Brasil, por ejemplo, de ida y vuelta, por lo que la indemnización más que un valor simbólico posee un correlato real que se explicita en la presente”, afirma la jueza.
Uno de los temas de discusión fue que el joven extranjero no pagó entrada ni estaba en lista de invitados por lo que se lo consideró un “intruso”. Pero la jueza sostuvo que fue invitado por sus amigos, asistió a la fiesta y nunca se le reclamó una entrada o fue echado, por lo que encuadró en lo que se llama un “consumidor fáctico o indirecto” o “conexo”.