La Justicia de San Rafael condenó a 3 años de prisión en suspenso a un carpintero que tenía en su teléfono material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes (MASNA) y utilizaba sofisticados programas para conseguir videos ilegales.
Matías Bandiera Mical fue condenado en San Rafael a 3 años de prisión por tenencia de material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes (MASNA), en un juicio abreviado.
La Justicia de San Rafael condenó a 3 años de prisión en suspenso a un carpintero que tenía en su teléfono material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes (MASNA) y utilizaba sofisticados programas para conseguir videos ilegales.
Esta mañana, en un juicio abreviado, el juez Gabriel Ravagnani impuso la pena por tenencia de material de abuso y/o explotación sexual de menores de edad a Matías Bandiera Mical (35), luego de que el fiscal Javier Giaroli llegara a un acuerdo con el abogado del imputado, cerrándose el caso mediante un procedimiento abreviado.
La investigación se inició en 2024 con una alerta internacional que indicaba la presencia de dos videos con estos contenidos cuyo IP marcaba a un usuario de San Rafael.
El fiscal Giaroli comenzó a investigar el caso y ordenó que se realizaran 20 allanamientos en distintas zonas, en uno de los cuales se logró dar con Matías Bandiera (35), un carpintero sureño. La pesquisa digital permitió incluso saber que utilizaba un teléfono Samsung y también su dirección de correo electrónico.
El secuestro del aparato en la vivienda del acusado y el posterior análisis permitieron saber que el carpintero utilizaba una cuenta de la app Telegram con un bot (un programa informático diseñado para realizar tareas automáticas) que buscaba y compartía material de abuso sexual de menores de forma automática.
Bandiera utilizaba gran cantidad de perfiles con nombres en alemán, pero que hacían referencia a Argentina e incluso a San Rafael, tales como “Loco 22” (utilizado popularmente en las apuestas de quiniela), “Montañas del sur” y “Sol y buen vino”, entre otros 80.
Durante el juicio abreviado, el acusado aceptó el hecho, pero sostuvo que no compartía el material prohibido, por lo que la acusación dejó de lado el delito de distribución.
La dificultad que planteaba el caso era probar si este bot había recibido por parte del carpintero un prompt (una instrucción u orden) o si estaba automáticamente programado para ofrecer y tomar información de abuso sexual infantil. Incluso, saber si el “usuario” sabía exactamente las funciones que realizaba el bot.
“Esto es casi una discusión (de la serie de ciencia ficción) para Black Mirror: saber si son actos delictivos cometidos por una persona o por una inteligencia artificial”, explicaron desde el Ministerio Público Fiscal.