Condenaron al directivo de una constructora y a dos funcionarios de Vialidad por la muerte accidental de un operario en Uspallata

El Tribunal Oral Federal 1 fijó una pena de 1 años y 8 meses de prision en suspenso para Roberto Azzoni, Darío Albiol y Marcelo Franciosi por el delito de homicidio culposo.

Condenaron al directivo de una constructora y a dos funcionarios de Vialidad por la muerte accidental de un operario en Uspallata
El debate finalizó esta semana en Tribunales Federales de Mendoza. / Archivo Los Andes

El Tribunal Oral Federal N 1 condenó a un directivo de una constructora mendocina y a dos funcionarios de Vialidad Nacional por la muerte accidental de un operario que murió en Uspallata en 2011.

El lunes pasado los jueces María Paula Marisi, Alberto Carelli y Alejandro Piña fijaron las siguientes penas para los tres acusados: 1 año y 6 meses de prisión en suspenso e inhabilitación por 5 años para ocupar cargos públicos para Roberto Jorge Azzoni Billaros, director suplente y representante técnico de Construcciones Danilo De Pellegrin S.A; y para Darío Rubén Albiol Vargas y Marcelo Rodolfo Franciosi Cimador, ambos funcionarios de Vialidad Nacional.

Además, el tribunal absolvió a los hermanos Sergio De Pellegrin y Walter De Pellegrin –los dueños de la empresa- y a Miguel Manuel Rivas (ex Jefe IV Distrito de Vialidad Nacional) por falta de acusación fiscal. Todos fueron juzgados por el delito de homicidio culposo.

Durante los alegatos la fiscal auxiliar María Eugenia Abihaggle no encontró pruebas para acusar a los De Pellegrin y a Rivas, quienes no tuvieron conocimiento de los detalles de la fallida obra que terminó con la muerte accidental de Damián Norberto De La Fuente Jofré. Ninguno de los absueltos realizó tareas vinculadas a la obra en sí.

En cambio la auxiliar fiscal había solicitado 2 años de prisión en suspenso para Roberto Azzoni, Darío Albiol y Marcelo Franciosi.

A su turno, los abogados defensores de todos los acusados habían solicitado la absolución lisa y llana de todos los imputados, al tiempo que realizaron un planteo de “insubsistencia de la acción penal”, frente al tiempo trascurrido desde que se produjo el hecho juzgado, algo que finalmente fue desestimado por el tribunal.

Muerte accidental de un operario

Según la acusación inicial, los condenados fueron los responsables de la muerte imprudente de Damián Norberto De La Fuente Jofré, fallecido el 8 de julio de 2011 como consecuencia del golpe recibido en la cabeza cuando se desprendió un portón del hangar destinado a la sala de máquinas en el Complejo de Vialidad Nacional de Las Cuevas, ubicado sobre la ruta 7, kilómetro 1256, en Uspallata, Las Heras.

Ese día, a las 10.30, se encontraban los empleados De La Fuente, Aguilera Montigel, Aguilera Villalobos, Aguilar y Moya realizando tareas de mantenimiento en la sala de máquinas -un galpón de casi cincuenta metros de largo por once metros de ancho, con once portones de ingreso colocados- cuando De La Fuente recibió la instrucción del operario Aguilera de llevar dentro del galpón un tacho de 200 litros vacío que se encontraba al lado del portón 5.

Pero en ese instante, el portón –una pesada estructura metálica de 4,22 metros de alto y 4,20 metros de largo- se descolgó de su estructura y cayó sobre la cabeza de la víctima, ocasionándole la muerte de manera instantánea.

El obrar imprudente de los condenados fue la causa de la deficiente estructura y colocación del Portón 5 que produjo la muerte de la víctima. Ese portón fue construido por Construcciones Danilo De Pellegrin S.A.

El obrar imprudente, se habría consistido en emplear en el diseño, construcción y colocación del portón mano de obra de mala calidad con defectos en soldaduras, alineación, terminación y falta de refuerzo en elementos críticos como los rieles del portón, así como también por no habrían realizado el mantenimiento preventivo y correctivo con posterioridad a la entrega provisoria de la obra.

Por otra parte, habrían actuado de forma imprudente en el accidente los funcionarios públicos Miguel Manuel Rivas (Jefe del 4º Distrito Mendoza de la Dirección Nacional de Vialidad, ahora absuelto), Darío Rubén Albiol Vargas (Jefe Interino de la Sección Concesiones del 4º Distrito Mendoza de la Dirección Nacional de Vialidad) y Marcelo Rodolfo Franciosi (Jefe Interino de la División Conservación del 4º. Distrito Mendoza de la Dirección Nacional de Vialidad).

En agosto de 2010 Rivas Ibáñez firmó la recepción provisoria de la obra indicando que los trabajos habían sido ejecutados conforme las condiciones de contratación, haciendo constar que se había realizado el control de calidad final.

Además, que la contratista había dado cumplimiento a las observaciones producidas por la supervisión integrada por Albiol Vargas y Franciosi Cimador, habilitando el sector cuando no lo debería haber hecho por las deficiencias estructurales y de funcionamiento que presentaban los portones colocados.

Tras la recepción provisoria de la obra y hasta el 8 de julio de 2011, Albiol Vargas y Franciosi Cimador no habrían supervisado el funcionamiento de los portones del hangar, ni le habrían exigido a la empresa contratista que subsanara esas deficiencias en cumplimiento de la garantía de mantenimiento preventivo y correctivo que debía brindar hasta que se produjera la recepción definitiva de la obra.

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