Polémica por un fallo que anula el aumento del gas

La Cámara Federal de La Plata declaró nulas las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía. Desde la Nación afirman que apelarán la decisión.

Polémica por un fallo que anula el aumento del gas

La Cámara Federal de La Plata declaró hoy la nulidad de las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación que autorizaron aumentos en la tarifa de gas y ordenó retrotraer la situación a la fecha previa a puesta en práctica de esas medidas.

En el fallo, los jueces César Álvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin, declararon nulas las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía “por no haber sido precedidas de audiencias públicas”.

La amplitud de la medida es objeto de discusión debido a que entidades de consumidores sostienen que el fallo comprende a todo el país debido a que objeta la validez de las resoluciones de la cartera nacional, mientras que fuentes del sector lo limitan a la provincia de Buenos Aires.

El tribunal de segunda instancia se pronunció de esta forma sobre una apelación presentada contra un fallo de primera instancia dispuesto por el juez federal de La Plata, Alberto Recondo, quien había ordenado al Estado Nacional convocar a audiencias públicas pero sin suspender la vigencia de los aumentos en las tarifas.

El pronunciamiento del juez de primera instancia fue recurrido ante la Cámara por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis), el Estado nacional y la asociación Consumidores Argentinos, y la Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores.

Los camaristas consideraron que mas allá del argumento esgrimido por el Estado nacional en torno a que es posible el ajuste tarifario sin que se hayan realizado audiencia públicas, “corresponde examinar si la normativa impugnada en autos se adecua a pautas de razonabilidad”.

Explicaron que “es preciso destacar el alcance de la decisión sobre los usuarios y ponderar si estamos ante una situación que, más allá de la transitoriedad, puede definirse como de bajo impacto o si implica una modificación sustancial de la posición de los usuarios, que ocasiona una afectación difícil o imposible de revertir con posterioridad”.

En los fundamentos esgrimidos por el juez César Álvarez, al que adhirieron los otros dos magistrados, se consignó que “la modificación de los precios que deben abonar los usuarios no puede ser soslayada”.

“Limitar la realización de audiencias públicas para cuestiones permanentes implica transformar a todo el sistema de participación consagrado en la Constitución y las leyes en una mera formalidad cuya utilidad tiende a disminuir para quienes deben pagar las tarifas”, consignaron los magistrados.

“No se puede tener por satisfecha la obligación fundamental del Estado respecto de los usuarios y consumidores, de brindar las herramientas de participación y protección de los derechos constitucionales de incidencia colectiva, a través de audiencias públicas celebradas años atrás, máxime cuando las circunstancias sociales y económicas eran disímiles a las actuales en el momento del dictado de las resoluciones que se impugnan”, subrayaron.

Aranguren recurrirá

El Ministerio de Energía de la Nación ratificó que recurrirá el fallo dispuesto por la Cámara Federal platense que anuló la vigencia de las resoluciones que autorizaron el incremento en las tarifas de gas en todo el país.

“Estamos analizando los alcances del fallo y, en cualquier caso, como hemos hecho en todos los amparos, daremos todos los pasos procesales necesarios para defender las medidas tarifarias que hemos dictado y que están plenamente basadas en los marcos legales de cada uno de los servicios públicos involucrados”, sostuvo en un comunicado la cartera de Energía.

Qué sucederá en la provincia

Apenas se dio a conocer la anulación de las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía por parte de la Cámara Federal de La Plata, surgió la duda sobre si el fallo afecta o no a Mendoza y al resto de las provincias.

Lo cierto es que, por ahora, nada cambiará para los usuarios mendocinos. José Ramón, de la asociación de defensa del consumidor, Protectora, explicó que desde el punto de vista legal, la Cámara tiene competencia sólo en Buenos Aires.

“Por lo tanto, en Mendoza seguirá rigiendo la medida cautelar aprobada por la jueza Olga Pura de Arrabal”, indicó.

Cabe recordar que, tras muchas idas y vueltas, la magistrada suspendió por tres meses el aumento tarifario determinado por el Ente Nacional Regulador de Gas. La jueza permitió que durante ese proceso la Distribuidora de Gas Cuyana (Ecogas) aplique un aumento de hasta el 80% respecto de las tarifas viejas.

Por ahora, entonces, todo seguirá igual en Mendoza. Sin embargo, José Ramón advirtió que el panorama podría cambiar en el corto plazo.

“El fallo en La Plata podría ser el punto de partida para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se lleve todas las causas provinciales y unifique un fallo. Si eso llega a ocurrir, Mendoza se verá perjudicada, porque nuestro pedido es diferente al de las demás provincias y probablemente la Corte no falle a favor de los ciudadanos”, lamentó.

Mariano Zalazar - mzalazar@losandes.com.ar

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