Perro quemado: el imputado fue declarado peligroso para sí y para terceros

Así lo indican las pericias psiquiátricas. El hombre deberá realizar tratamiento en El Sauce durante un año.

Perro quemado: el imputado fue declarado peligroso para sí y para terceros

Se conocieron los resultados de las pericias psiquiátricas y psicológicas a las que fue sometido el hombre imputado por quemar a un cachorro de seis meses el martes 27 de octubre, en calle Azcuénaga, Guaymallén.

Los resultados de las pericias, solicitadas por el representante del Ministerio Pública y desarrolladas por los médicos Alfredo Crocco y Mathus, no son favorables para Ricardo Mansón, tal como explicó el abogado querellante y representante de la Asociación por el Reencuentro por la Vida Animal (ASOREVA), Oscar Mellado.

En el informe, divulgado por la Sociedad Mendocina Protectora de Animales (SMPA) y por su abogado Ulises Morales, también querellante, expresa en cuatro puntos que "(Mansón) por su rigidez e inadecuado manejo de sus impulsos debe ser considerado peligroso para sí y para terceros". Además, el dictamen expresa que "es responsable de sus actos y deberá realizar tratamiento psiquiátrico ambulatorio por un periodo no menor a un año".

Al respecto, Mellado aclaró que la característica principal de Mansón es que es una persona fría, distante, que elude las respuestas y que deberá recibir obligatoriamente tratamiento psicológico y psiquiátrico en el hospital El Sauce y no podrá realizarlo de manera particular.

"Deberá presentarse durante un año, todos los meses en este hospital. Además de presentarse en la fiscalía semanalmente mientras dura la investigación", aclaró el abogado. Paralelamente, también destacó que se le hizo una encuesta ambiental entre los vecinos del barrio quienes declararon que Mansón es una persona problemática.

Recordemos que el perro -llamado Fénix, Fachita o Fueguito - habría sido quemado de manera intencional porque el animal estaba ladrando en la puerta del domicilio del imputado, lo que desató la indignación de cientos de mendocinos que se convocaron frente a la casa de Mansón para reclamar por lo ocurrido.

Por esto, el hombre fue imputado en función del artículo 3 inciso 7 de la Ley N° 14.346 de Protección Animal que hace referencia a "lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por el sólo espíritu de perversidad"

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