La Dirección de Recursos Naturales Renovables autorizó - como ocurre cada año, al igual que con la pesca- la caza de algunas especies de animales consideradas "exóticas invasoras; dañinas y perjudiciales".
Se trata del conejo silvestre, el chancho jabalí, la liebre europea y el ciervo colorado.
Según la Resolución 1307 del Boletín Oficial, se considera a la Actividad Cinegética (caza) "una actividad permitida, siempre que sea realizada de manera sustentable, respetando especies, cupos y temporadas, con el correspondiente permiso de caza, con permiso del dueño del campo y en los sitios permitidos".
En este sentido, destacaron que está prohibido la venta de productos y subproductos derivados de la caza; y dejaron en claro que "es necesaria la regulación de toda actividad que tenga relación con el recurso fauna, en especial la Actividad Cinegética, evitando así una sobre explotación del recurso, su mal uso y el control poblacional de especies exóticas invasoras".
En Mendoza existen solo dos cotos con habilitación uno para la caza de ciervos colorados, que funciona desde 2003 en Tupungato, y uno en La Paz, para la caza de jabalíes. Aunque desde el gobierno explicaron que este último no tiene actividad y por lo tanto está suspendido.
Desde la secretaría de Ambiente aseguraron que cualquier privado puede disponer su campo para que amigos o familiares puedan cazar cuando las exóticas están provocando daños a la propiedad. "La diferencia es lo económico. En el coto hay que pagar, y a su vez el lugar paga impuestos".
Se oponen
Jennifer Ibarra, titular de Fundación Cuyunche, advirtió que intentarán, con la próxima gestión, que se prohíban nuevos cotos de caza. "Queremos que no haya más. Que Mendoza se convierta en un lugar libre de muerte animal", dijo la veterinaria. Agregó que no está de acuerdo con que haya especies susceptibles de ser cazadas, pero que hay cuestiones de manejo y conservación de la fauna local que los exceden. "Estemos o no de acuerdo, la caza se va a hacer igual".
El abogado animalista, Oscar Mellado, señaló que él se opone a cualquier solución que implique matar a un ser vivo. "Intentaremos poner un amparo. Cualquier alternativa que implique no matar animales, la vamos a seguir", indicó agregando que este recurso choca con la constitución, porque ataca la biodiversidad.
Otros especialistas consultados señalaron que no hay estudios fehacientes que determinen que estas especies deben ser erradicadas, y que, en ese sentido, no hay una ley que ampare la decisión de determinar que los cuatro tipos de animales señalados deban ser aptos para la caza.
Aclaración
Adrián Gorrindo, titular de la Dirección de Fauna Silvestre dijo que como todos los años, se emitió esta resolución, como sucede de forma idéntica con la autorización que permite la pesca. "Es una herramienta de manejo para el control poblacional de especies exóticas", comentó.
Por otro lado, dijo que para el manejo de estas especies hay dos opciones. Por un lado, a partir de una alerta temprana, se puede erradicar a la especie si se encuentra en un espacio reducido, como un campo, con los individuos presentes en un lugar delimitado. La otra opción es permitir la caza cuando el animal está instalado y se hace preciso adoptar medidas de control.
“Lo permitimos para que la presencia o sea masiva, generando un impacto negativo en el ecosistema del que no son parte. Porque compiten con otras especies que allí habitan tanto por el espacio físico como por el alimento”, explicó Gorrindo.
Por ejemplo, dijo que la liebre europea compite con la liebre mara, que es autóctona. "En tanto, y salvando las distancias, el ciervo colorado compite con el guanaco. Porque este último tiene almohadillas en sus patas que no dañan el lugar, se recupera. Es decir que no rompe el sustrato vegetal. En tanto que el ciervo no las tiene y lo daña, además de descortezar la planta".
El mayor peligro
Un cazador consultado por Los Andes dijo que el principal peligro es el jabalí, una especie que "arrasa" con todo. "Es el problema más grande. Es una plaga que se va a seguir extendiendo, porque no tiene depredador", dijo. Aseguró que si este animal tiene hambre se dedica a cazar aunque advirtió que es potencialmente peligroso al ser humano si se siente acorralado. "Pero es un animal que se come todo. Anda por debajo de la nieve, se come los huevos de los pájaros que anidan en el suelo, come cultivos y hasta mangueras de riego en las viñas", explicó.
Por otro lado, señaló que Llancanelo está en peligro por este motivo ya que hay una plaga grande de jabalíes que atacan a los flamencos y a sus nidos. "En la zona de San Carlos están teniendo muchísimos problemas", aseguró.
Respecto de las otras especies dijo que liebres hay muchas, pero que son más los zorros, aunque estos se encuentran protegidos por ser autóctonos. Respecto de la caza del ciervo colorado, advirtió: "La habilitan para que pueda cazar gente de plata sin reparo".
Entre las reglamentaciones se establece que la caza se podrá realizar ya sea con armas de fuego (con mira telescópica o visor óptico) o con arco, pero en zonas y períodos de caza y veda que serán establecidos por la Dirección de Recursos Naturales Renovables.
Se indica que se permitirá "el transporte de los ejemplares cobrados en forma despostada, o en piezas enteras, siempre que ello permita identificar la especie y cantidad de ejemplares que estuvieran siendo transportados". Se prohíbe el transporte de estos ejemplares de forma trozada. Tampoco se podrá realizar la cacería con perros, tal como marca el artículo 3. El artículo 6 establece la "veda total de la Actividad Cinegética en todas las Áreas Naturales Protegidas de la Provincia de Mendoza y en todos los terrenos públicos y de uso público".
Multas a los infractores
Hace unos años, se tipificaron las multas a infractores a la ley de conservación de fauna en Mendoza. Van de menor a mayor de acuerdo a diferentes circunstancias que se pueden generar. Se dividen en leve, grave o muy grave. Esta graduación es en función de la resistencia a la autoridad, si la persona tiene antecedentes, que el animal haya sido cazado en un área protegido, que el animal haya sido declarado por otras declaraciones en paralelo, la crueldad de la caza del animal, que la tenencia del animal sea no solo para consumo sino para venta, o que el traslado sea inapropiado o que se infrinja la ley Sarmiento que protege a los animales. Mendoza adhiere a la ley nacional 22421 de conservación de fauna que prevé penas de prisión de hasta dos años, de aquí se desprende la posibilidad de que la persona quede aprehendida. Quien cace un flamenco, especie protegida, deberá abonar $55 mil, pero el monto se incrementa dependiendo del agravante, pudiendo llegar a los $222 mil. La pena por quitarle la vida a un Cóndor es de $35 mil, aunque puede llegar a los 222 mil.