La justicia ordenó a una empresa de pirotecnia indemnizar con más de un millón de pesos a un hombre que perdió un ojo por la explosión de un dispositivo porque consideró que la compañía había actuado con "indiferencia" y "despreocupación" al no colocar advertencias suficientes sobre el modo de uso de esos fuegos artificiales.
La resolución fue dispuesta recientemente por la sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que además conminó a la empresa a abonar una multa de 200 mil pesos por haber faltado a su "deber de información" sobre los riesgos del dispositivo.
La justicia resolvió así la apelación presentada por Oscar Ponzetto, quien sufrió la pérdida de un ojo por el estallido de un artefacto de pirotecnia cuando festejaba con su familia la llegada del nuevo año en la madrugada del 1 de enero de 2008.
Al disponer la condena, la cámara dispuso una indemnización de "1.139.000 pesos, más intereses", que se hace extensiva a la aseguradora, y fijó "una multa civil" de 200.000 pesos y el pago de las costas del proceso.
En el fallo, la cámara señaló que de acuerdo al peritaje técnico se detectó "grave indiferencia o despreocupación en la debida, completa y detallada información que se le debe brindar al operador del producto (usuario) para la utilización de un elemento altamente riesgoso".
Y, apuntó que "al omitir advertir al consumidor sobre la necesidad de que sea cuidadoso al momento de quitar la etiqueta para no dañar la mecha que está abajo o detrás de ella y las posibilidades de encendido prematuro" por parte de la empresa "demostró la falta de interés y preocupación de su obligación en el deber de información".
Esa conducta, amplió, "evidencia una culpa grave que debe ser sancionada en los términos del artículo 52 bis de la ley de Defensa del Consumidor".
Ante ello, el abogado de la víctima, Osmar Domínguez, explicó que "la Justicia nos da la razón en defensa de la integridad física de nuestro defendido, pero por sobre todas las cosas poniendo en quienes fabrican productos que todos los años causan lesiones graves, una sanción ejemplar".
"En momentos en que la ciudadanía reclama un rol protagónico a los jueces, este fallo va en función de la demandada social", resaltó el letrado.
A su vez, la compañía Cienfuegos que fue condenada a indemnizar al usuario recurrió el fallo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación al argumentar que la misma sentencia "reconoce que no fue por una falla del producto, sino por un mal uso".
"Lamentamos mucho que alguien haya salido herido", señalaron voceros de la empresa en declaraciones periodísticas y reseñaron que "es contradictorio que se nos sancione por la negligencia de un particular. Es como condenar a una automotriz por el choque de una persona que estaba ebria o que condujo mal".