En los últimos días hubo pedidos masivos por parte de los presos para que se les otorgue la prisión domiciliaria.
Sobre ello, el juez Penal, Sebastián Sarmiento, en Canal 9, explicó: "A partir de la declaración de emergencia, el servicio penitenciario ha llevado adelante un relevamiento de las personas, de acuerdo a los parámetros establecidos por el Ministerio de Salud, que podrían estar dentro de ese grupo de riesgo. A partir de allí surgió aproximadamente que el 8% de la población total, alrededor de 400 personas, están comprendidas de una u otra forma en grupos de riesgo".
Además, detalló: "Con ese listado, aquellas personas formalizaron su pedido y se ha ido judicializando y se han ido resolviendo, o pidiendo informes complementarios para determinar si corresponden o no estos pedidos de prisión domiciliaria que serían transitorias durante la situación de emergencia".
Respecto a la cantidad de pedidos que hubo por parte de los presos y cuántos han sido aprobados, señaló: "Por ejemplo en mi juzgado han ingresado casi 80 pedidos, de los cuales de manera favorable se han resuelto 20. La gran mayoría fueron rechazados y han quedado algunos pendientes a sus efectos de incorporar algunos informes o algunas constataciones o informes sociales para casos muy particulares. Aproximadamente entre un 20, un 25% han sido otorgados y los restantes han sido rechazados.
Por otra parte, manifestó: "Calculamos que de toda esta población de reos, formalizados habrían unos 220, 250 pedidos. En lo que hace a la instancia de personas condenadas, aproximadamente en esos pedidos representan la mitad, ya casi se han ido resolviendo la mayoría. Pero en términos generales de 3 o 2 cada 10 se hace lugar, y los restantes se rechazan.
Asimismo, el juez explicó el procedimiento: "Una persona que está en grupo de riesgo solicita la prisión domiciliaria, en el expediente lo que se hace es incorporar un informe social, una constatación del domicilio, un informe médico, de acuerdo a las características del delito un informe psicológico, se verifica el domicilio de la víctima o del denunciante en el caso de los procesados, y a partir de allí se resuelve".
"Si se otorga esta instancia de prisión domiciliaria lo que se hace es disponer algunas medidas. O sea, el control a través de un sistema electrónico de monitoreo o el control a través de rondines policiales y penitenciarios, o también a través del sistema de telefonía celular con videollamadas y en el sistema de posicionamiento a través del sistema Whatsapp. En estos casos son condenas muy cortas, de algunos meses. Generalmente se está estableciendo un sistema electrónico de monitoreo con la famosa tobillera y controles policiales”, agregó Sarmiento.
Ante la pregunta de qué pasa, por ejemplo ante el pedido por parte de un condenado, por delito de violencia de género o de abuso sexual, tiene que ir a cumplir la prisión domiciliaría en el domicilio donde está su víctima, respondió: "Se rechaza. Hay unos parámetros muy claros, primero la razonabilidad del pedido y esa razonabilidad tiene que ver con una protección integral de la víctima, del denunciante y de la sociedad".
Por último, aclaró que las pulsera electrónicas: "Se van a otorgar en la medida que exista disponibilidad de la tobillera, si no hay sistema de monitoreo electrónico no se hace efectiva la prisión domiciliaría en el caso de que se haya autorizado".