A casi 3 meses de la decisión del gobernador Francisco Pérez de dejarle a su sucesor la carga de un aumento retroactivo de la tarifa eléctrica a julio de 2013, se abre una batalla judicial.
Es que un grupo de legisladores radicales presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia un pedido de admisión de medidas cautelares como acción de inconstitucionalidad contra la medida, en busca de atenuar el impacto en las finanzas provinciales y en el bolsillo de los usuarios.
Ahora, el máximo tribunal de Mendoza deberá, luego de darle cabida, resolver sobre la pertinencia de la presentación impulsada por el jefe del bloque radical en la cámara de Diputados, Néstor Parés, y su par Martín Kerchner, que tiene, entre otros 4 fundamentos, la violación del procedimiento de fijación de tarifa.
Desde julio de 2013 Pérez postergó en 2 ocasiones la readecuación de los cuadros, que por reglamento de concesión del servicio eléctrico debe hacerse cada 5 años (el último en hacerlo fue el ex gobernador Celso Jaque, en 2008).
Sin embargo, las distribuidoras que daban por hecho el decreto del Ejecutivo como reconocimiento del atraso en el VAD (Valor Agregado de Distribución, el componente tarifario que determina sus ingresos) se mostraron sorprendidas por la iniciativa.
El decreto 390 les reconoce en concepto de “ingresos no percibidos” unos $ 4.000 millones anuales desde 2013, “sin autorización legislativa previa”, advierte la acción en manos de la Corte.
“Suspenda la ejecución del VAD provisorio, la ejecución del ‘reconocimiento’ a distribuidoras denominado ‘diferencial de VAD Propio por ingresos no percibidos’ durante el período comprendido entre el 1 de agosto de 2013 y 31 de diciembre de 2015, dispuesto en el artículo 4 del decreto 390/2015”, señala la demanda ingresada el viernes 15 de mayo a la sala 1 de la Corte local.
Pero no se agota allí. También se apunta al Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) como supervisor del proceso de ajuste de tarifa, al pedir al tribunal que le “ordene, dentro del plazo fijado por la ley 3.918 (el Código fija 60 días) concluya el procedimiento público de revisión ordinaria e integral del cuadro tarifario correspondiente al tercer período”, desde la privatización del servicio.
En el mismo plazo, exige que el EPRE “haga pública” la situación financiera de las distribuidoras con “información relativa a los pasivos, exigibles o no, de manera adecuada y veraz “, precisa.
Análisis y cambio de planes
"El Gobierno no puede seguir cediendo la potestad de la determinación de la tarifa como ya lo hizo con los recursos hidrocarburíferos", dijo Kerchner, miembro de la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara baja, sobre el convenio de Convergencia Tarifaria firmado con la Nación desde 2014, que congeló tarifas a cambio de fondos sostén a las empresas.
Asimismo, el legislador, que junto a Parés se presentó ante la Justicia también como usuario del servicio eléctrico, alegó que “hubo una decisión unilateral de Pérez al hacer una prórroga tácita de la adecuación de cuadros.
El reconocimiento del VAD acumulado, no menor al 40% anual, tampoco exime a las distribuidoras de reclamar derechos incumplidos; buscamos fijar instancia de negociación a futuro y no dejar abierta la definición”.
Mientras los abogados del EPRE analizaban ayer la cautelar, el ministro de Energía, Marcos Zandomeni, aseguró no estar notificado de la misma por lo que eludió responder si el Gobierno argumentará o no en contra de la acción.
Según Kerchner, entre otros agravantes, hubo una violación “flagrante y evidente” de los derechos del usuario al no respetar la necesidad de una audiencia pública hasta ahora. Sin contar la afectación del erario público al comprometer sus recursos, como de los mismos usuarios, por ilegítimo reconocimiento del VAD provisorio del poder concedente a las distribuidoras”.
Mientras los ejecutivos de Edemsa tampoco se pronunciaron, por su parte, Julio Gallego, gerente general de la Cooperativa Eléctrica de Godoy Cruz, consideró que “aunque hay que analizarlo a fondo, en ciertos aspectos el planteo se cae solo. El decreto 390 plantea que el EPRE debe seguir la revisión de costos. Pero, además, la erogación no la va a pagar la Provincia sino la propia demanda”.
Para Raúl Stasi, de Edestesa, “el decreto para nosotros es necesario porque da certeza. Por otro lado, fija valores que permite una mejor posición financiera a efectos de créditos bancarios, porque tras 2 años de tarifa congelada cualquier empresa se debilita ante la evaluación de riesgo”.
En 2014, las empresas interpusieron su propia acción de inconstitucionalidad contra la Convergencia como resorte. ¿Podría saltar si la Corte resuelve el planteo contra el decreto? “Van por separado. Si la Corte resuelve no cambiaría nada de la situación actual, con o sin Convergencia. Aunque sí los planes a falta de los fondos previstos”, concluyó Stasi.