El gobierno nacional oficializó la creación del "Régimen de Control de Identificación de Pasajeros" de los servicios de transporte automotor de carácter interjurisdiccional, que comenzará a regir dentro de 30 días y obliga a los pasajeros a portar su DNI.
La medida, comunicada con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 76 - E/2016 del ministerio de Transporte, alcanza a “los servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor de carácter interjurisdiccional, a los servicios autorizados de Tráficos Libres, a los servicios Ejecutivos y a los servicios de transporte para el Turismo”.
El nuevo régimen sirve para completar el sistema de control instaurado en 2005 a través del cual las empresas de transporte están obligadas a asentar en los boletos los datos personales del pasajero, que deberá portar DNI, cédula de identidad o pasaporte.