El Tribunal Oral Federal 7 (TOF 7) ordenó la "inmediata liberación" del ex ministro kirchnerista Julio De Vido en la causa conocida como "los cuadernos de las coimas". Sin embargo, el ex titular de Planificación Federal cuenta con prisión domiciliaria por orden del Tribunal 1, que lo juzgará por administración fraudulenta al haber desviado 176 millones de pesos que debían dirigirse a la mina de carbón de Río Turbio.
La decisión del TOF 7 se conoció después de la resolución que firmó la Cámara de Casación Penal, que ordenó la liberación del ex ministro K en base a las nuevas restricciones implementadas sobre las prisiones preventivas en el nuevo Código Procesal Penal.
Así, De Vido deberá regresar a su domicilio bajo las exigencias de una prisión domiciliaria que le dictó el TOF 1, que tiene a su cargo la causa que lo condujo a prisión en noviembre de 2017.
En el expediente de los cuadernos, el juez Claudio Bonadio procesó al ex ministro en carácter de organizador de la asociación ilícita -que comandó Cristina Kirchner-, que se dedicó a la recaudación de fondos ilegales. Junto con la acusación, le dictó prisión preventiva en la causa principal y en otras vinculadas que también fueron elevadas a juicio.
En la resolución, los jueces Fernando Canero, Germán Castelli y Ernesto Ruiz señalaron que en función de la resolución de la Sala I de la Cámara de Casación, se ordene la inmediata liberación de De Vido. Este tribunal es el responsable de realizar el juicio contra los 52 ex funcionarios y empresarios procesados en la causa de los cuadernos,
Si bien el TOF 7 había rechazado excarcelar al ex ministro señalando "que se valoró la gravedad y naturaleza de los ilícitos imputados, la pena prevista para estos y la imposibilidad de condenación condicional", la Cámara de Casación había ordenado ayer por la mañana su liberación.
El mismo benefició otorgó a quien fuera su subsecretario, Roberto Baratta, cuyo chofer fue la persona que escribió los cuadernos, aunque al cierre de esta edición aún no había sido liberado.
En el extenso fallo la cámara recuerda en qué casos se justifica el uso de la prisión preventiva y cuáles son los límites de la misma, en función del nuevo Código Procesal Penal.
"La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites absolutamente indispensable 'para asegurar el descubrimiento de la verdad y la aplicación de la ley'", advierte el texto.
La Cámara de Casación se expresó en el mismo sentido sobre Oscar Thomas, ex titular de Yacyretá. La decisión se conoce 24 horas después que el máximo tribunal penal también se pronunciara a favor de excarcelar a Lázaro Báez -preso por lavado de dinero-, en la causa de la "Ruta del Dinero K", aunque seguirá detenido en dos expedientes más.
Con las críticas del presidente Alberto Fernández al Poder Judicial aún resonando en los tribunales federales de Comodoro Py, una serie de resoluciones de la Cámara de Casación dejan cerca de obtener la libertad a los ex funcionarios kirchneristas.