Prisión perpetua: Las sanciones graves impactan en la seguridad

En la Argentina no existe la prisión perpetua, es una ficción semántica. El condenado, pasados los 35 años, puede pedir la libertad condicional. Sería más propio llamarla prisión permanente revisable.

Prisión perpetua: Las sanciones graves impactan en la seguridad
En la Argentina no existe la prisión perpetua, es una ficción semántica. El condenado, pasados los 35 años, puede pedir la libertad condicional. Sería más propio llamarla prisión permanente revisable. / Claudio Gutiérrez

La Suprema Corte de Justicia, luego de la audiencia del pasado 22 de octubre, debe tomar una decisión sobre la constitucionalidad de la mal llamada prisión perpetua.

¡Es de desear que las buenas razones y el dolor -ése sí a perpetuidad de las víctimas-, ilumine a los supremos!

Las sanciones graves impactan positivamente en el sistema de seguridad de Mendoza. Está demostrado.

Por eso la discusión no es sólo de juristas: es multidisciplinaria, tiene una incidencia directa en las políticas públicas sobre la seguridad ciudadana.

Quienes han sufrido delitos violentos saben de qué se trata. Esas víctimas pertenecen a todos los sectores de la escala social. Mientras menos recursos, más expuestos están.

En Mendoza, en los últimos 5 años, los gobiernos de Cornejo y de Suárez marcaron un rumbo diferente. Había

3.700 presos en 2015, con más del 65% de causas sin condena. Hoy hay 6 mil privados de la libertad, con 70% de condenados.

Bajó el tiempo de juicio y condena, sustancialmente. Estas políticas llevaron a disminuir los robos agravados en un 45%. En los años anteriores, hubo una tasa de homicidios promedio de 9% cada 100 mil habitantes. Hoy estamos en 4%, la más baja de la historia de Mendoza.

Nada es casual. Se debió y se debe, a una articulada política entre los tres poderes. Está a la vista: a mayor encierro por delitos graves, proporcionalmente bajan los índices de inseguridad.

Mendoza amplió en 2 mil sus plazas carcelarias, mejoró las condiciones de vida en el encierro y permite mejores condiciones para gestionar la reinserción social. El crecimiento de plazas tampoco tiene antecedentes en la provincia. Hoy, en Mendoza, 50% de los presos estudia y el otro 50% trabaja. Otra consecuencia de estas buenas gestiones es que disminuyó notoriamente la violencia intramuros. En los últimos 5 años, sólo hubo un muerto contra un promedio de 4 ó 5 muertos por año.

La ley 24.660, de Ejecución Privativa de la Libertad contempla, para el condenado, innumerables protecciones, derechos y cuidados a la dignidad humana, durante el proceso progresivo del cumplimiento de la pena.

También lo establece el régimen de ejecución de la pena de Mendoza, de 2012. Es correcto que así sea, apuntando al ideal de la reinserción social de quien delinquió.

Sin embargo, el Estado no se ocupa con la misma intensidad de las víctimas del delito. En la Argentina no existe la prisión perpetua; es una ficción semántica.

El condenado a ella, se encuentra enmarcado dentro de la ley de progresividad de la pena. Pasados 35 años puede pedir la libertad condicional.

Además, en el devenir de su cumplimiento, es tributario de las consideraciones de la ley, manteniendo la expectativa de recuperar la libertad.

Sería más propio llamarla, prisión permanente revisable, como denominan a esta pena de prisión otros países de la región y de Europa.

Los delitos graves deben “retribuirse” con penas igualmente graves.

Así, la política da una señal clara a la ciudadanía y en particular a las víctimas del delito en materia de gestión de la seguridad pública. Desde 2015, es lo que sucede en Mendoza.

*El autor es Abogado. Especializado en Derecho. Universidad de Salamanca (España).

Edición y producción: Miguel Titiro

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA