El martes 11 de agosto, el Ejecutivo provincial envió a la Legislatura un proyecto de ley que busca declarar la necesidad de reformar la Constitución de Mendoza. En la exposición de motivos de la propuesta, se elabora una breve referencia a la historia constitucional de Mendoza en la que se omite mencionar parte importante de la misma, ya que lamentablemente –sin sorprender a nadie- no se menciona la reforma constitucional de 1949.
Para entender un poco el porqué de la omisión, resulta necesario hacer un poco de historia. En el año 1946, la provincia era gobernada por Faustino Picallo, miembro de la Unión Cívica Radical que luego pasara a formar parte del naciente Partido Justicialista. Picallo, tomando el plebiscito que había votado el pueblo de Mendoza unos años antes a favor de reformar la Constitución, convocó a la elección de constituyentes para reformar el texto vigente hasta ese momento (redacción de 1916). La necesidad de la reforma contó con una férrea oposición del radicalismo conservador, encarnado en la figura de Isidoro Busquets, quien a pesar de ello luego participó como convencional constituyente. En marzo del ’48 comenzó a trabajar la Convención Constituyente, y un año después quedó sancionada la nueva Constitución mendocina.
En este punto corresponde una breve aclaración que el proyecto actual omite en su exposición de motivos: el proceso de reforma constitucional de aquel momento fue impecable, ya que se cumplieron con todos los pasos que el texto constitucional vigente exigía. Plebiscito previo del pueblo, convención constituyente y sanción del nuevo texto.
Mendoza, en aquel momento se encontraba más adelantada que la Nación, ya que a nivel nacional se transitaba el proceso de reforma impulsado por el peronismo. Tal es así que el 11 de marzo, solo unos pocos días después de que Mendoza sancionara su propio texto, se aprobaba la nueva carta magna nacional.
Como tal reforma también fue de carácter integral, y teniendo en cuenta que las provincias deben tener sus propias constituciones de acuerdo a los postulados de la Nación, se autorizó mediante una cláusula transitoria (la número 5) que la provincias, por única vez, puedan adecuar sus textos constitucionales mediante vía legislativa. Así fue que Mendoza, en junio de 1949, haciendo uso de aquella potestad modificó nuevamente su texto para adecuarlo a las disposiciones constitucionales de Nación. Esto se concretó durante el gobierno de Blas Brisoli, miembro del peronismo.
Luego, la historia es conocida. En 1955 se produce el golpe de estado encabezado por Pedro Aramburu, se proscribe al peronismo de la actividad política (por 18 años) y se deroga la Constitución Nacional mediante decreto del gobierno de facto. En esto Mendoza no fue pionera, pero no tuvo mejor suerte que la Nación. El 1 de mayo de 1958, la dictadura militar nombró como interventor de la provincia a Isidoro Busquets, el mismo que se había opuesto a modificar la Constitución durante el gobierno de Picallo, pero que pese a ello fue convencional constituyente y juró lealtad a la misma en el año 1949; y al igual que la Nación, mediante un decreto de facto derogó el texto constitucional y se instauró nuevamente la redacción del año 1916.
La pregunta que surge a partir de esto es: ¿Por qué se sigue negando la Constitución de Mendoza del año ’49? ¿Por qué se le niega entidad jurídica e histórica a un texto constitucional que estuvo vigente durante casi 10 años?
Para poder dar respuesta a estos interrogantes resulta necesario conocer que el texto de 1949 era eminentemente social. Se caracterizaba por el gran desarrollo de los derechos sociales, que se contraponía al espíritu liberal consagrado en el mal llamado “texto histórico” de 1916, ya que su vigencia se perdió luego del proceso histórico descripto. La negación de aquel texto sirve, entre otros tantos motivos, para facilitar los postulados actuales del neoliberalismo que entienden a la política como un gasto y que pretenden estados pequeños para favorecer la falacia del libre mercado como regla ordenadora de la sociedad.
Retomando el contexto actual, el gobierno de Rodolfo Suarez vuelve a silenciar esa parte de nuestra historia. Entiendo que no es por desconocimiento, ya que el autor del proyecto de necesidad de reforma es el Ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez, profesor de Derecho Constitucional. No resulta verosímil que haya “olvidado” esto. Entonces, ¿por qué ese empeño en silenciar y proscribir nuevamente algo que fue el fruto del desarrollo institucional de nuestra provincia? En tiempos donde la institucionalidad cruje a punto de quebrarse, el gobierno vuelve a cometer “errores” que agudizan la crisis.
Para legitimar una reforma de nuestra Constitución, resulta indispensable no obviar nuestra historia, dejar de convalidar actos ilegales del pasado, y reconocer la constitución del 1949 como un hito histórico del que deberíamos partir a la hora de proponer una nueva. Luego de que esto suceda, la discusión sobre una nueva forma de organizarnos será válida y legítima.