El artículo 67 de la Constitución Nacional establece que “Los senadores y diputados prestarán en el acto de su incorporación juramento de desempeñar debidamente el cargo y de obrar en todo en conformidad a lo que prescribe esta constitución”.
Juramento deriva de la palabra latina juramentiun, es la afirmación o negación de algo, generalmente poniendo de testigo a Dios, por lo tanto es una promesa o una declaración invocando a la cabeza de algo.
Las legiones romanas juraban a su bandera viallium y a la civitas, antecedente de los juramentos a la bandera.
En el antiguo testamento conocemos el juramento de Abraham a Abimelec “por tanto jura por Dios que no has de engañarme a mí, ni a mis sucesores ni a mi linaje..”
Licurgo, el legislador de Esparta, les hizo jurar a los espartanos que respetaran y acataran las leyes por él redactadas hasta su regreso a la ciudad. Por eso se mató al dejarla para que las leyes permanecieran para siempre.
Hesíado decía que el juramento nace cuando los hombres empiezan a engañar. Y los Pitagóricos afirmaban que el primer Juramento lo hizo Dios: “Desde la misma eternidad Dios se ha propuesto voluntariamente hacer la Creación, a la que se obligó mediante un juramento a sí mismo”.
También el historiador Plutarco se refirió al juramento afirmando que “el que engaña con un juramento reconoce que teme a su enemigo, pero insulta a Dios”.
En la Edad Media, las relaciones feudales se sellaban mediante juramentos. Algunas fórmulas eran de lealtad mutua, de los vasallos al rey y de este a sus vasallos.
Algunos juramentos se hacían en piedra como el descrito en el poema castellano de Fernán Gómez.
Merece recordarse el prestado por los señores y las ciudades a los reyes de Aragón: “Nos que somos y valemos tanto como vos pero juntos más que vos, os hacemos principal Rey y señor entre los iguales con tal que guardéis nuestros fueros y libertades y si no, no”. Este juramento nos enseña que los antecedentes de limitación del poder no son sólo anglosajones con su Carta Magna. También en los reinos hispanos las ideas de libertad e igualdad surgían y arraigaban.
Volviendo a la Argentina, el Congreso de la Nación tiene establecido en el reglamento de cada Cámara las modalidades del juramento: “Juráis por Dios, La Patria y estos Santos Evangelios respetar y hacer cumplir la Constitución Nacional”. “Por Dios y la Patria” y “por la Patria” o simplemente “juro respetar y hacer cumplir la Constitución Nacional”.
En el preámbulo de la Constitución se pone a la misma bajo “la invocación a Dios, fuente de toda razón y justicia”, por esto jurar por Dios es un juramento para quienes profesan religiones diversas, sean cristianas, judía o musulmana.
En un país donde un 75 % de su población se define como católico, una elevada parte de los legisladores prefiere jurar por Dios, la Patria y estos Santos Evangelios. Ateos y Agnósticos prefieren jurar por la Patria.
Desde hace un tiempo algunos legisladores en vez de respetar el artículo 67 de la Constitución y el reglamento que rige el funcionamiento de cada Cámara, hacen manifestaciones diversas, en general facciosas, que no tienen nada que ver con la ceremonia de incorporación a uno de los poderes de la República y que representa la voluntad popular en sus diversas afinidades y simpatías.
Los legisladores tienen derecho a manifestarse en el recinto, forma parte de la vida parlamentaria las manifestaciones, pero el juramento es parte de un ceremonial fijado que debe cumplirse y más por quienes tienen la facultad de promover y sancionar la legislación nacional.
Legisladores de bloques de distinta filiación han invocado a personas, presidentes y dirigentes fallecidos, víctimas de la represión y del terrorismo, causas y grupos sociales.
También una diputada juró lealtad eterna a la vicepresidente de la Nación. Muy grave es esa declaración de servilismo, porque tanto el personalismo como las actitudes serviles han hecho mucho daño a la República, desde los tiempos en que algunos desenganchaban los caballos de la carroza de Rosas para convertirse en animales de tiro o los que se declaraban “incondicionales”, de Juárez Celman, los “genuflexos” de la segunda presidencia de Yrigoyen o los que le consintieron el autoritarismo al presidente Perón antes de 1955.
En una república cuyos pilares fundaciones son la libertad y la igualdad, esas expresiones son inadmisibles.
La tradición del juramento, que nos viene desde los albores de la civilización, no se limita a gobernantes, soldados o jueces.
Algunos lo emparentan con las “promesas” y en el clero con los “votos”, voto de obediencia, de pobreza, de castidad o el cuarto voto de los jesuitas de estar a órdenes del Papa.
También los graduados universitarios juran, recordemos el juramento hipocrático de los médicos y desde que se estableció el día de la bandera los escolares de la primaria.
Es muy grave que en un poder que representa la voluntad de los ciudadanos, en una ceremonia de trascendente se ponga sobre la patria y su constitución, violando las reglas establecidas, a grupos sectoriales o se hagan muestras de sumisión incompatibles con la dignidad de las personas.
*El autor es Miembro de número de la Academia Nacional de la Historia y de la Academia de Historia Militar.