El patrimonio cultural se refiere a todos aquellos elementos materiales y manifestaciones inmateriales producidas por las distintas comunidades a través del tiempo. Nuestra Fiesta de la Vendimia es la más antigua y una de las máximas expresiones del patrimonio intangible del país, y como tal está protegida por un conjunto de leyes provinciales, como así también por la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, dictada en 2003 por la UNESCO, a la cual Argentina adhiere a través de la Ley Nacional Nº 26.118.
Cuando una manifestación pasa a integrar el patrimonio cultural de una comunidad, adquiere un status superior, por lo cual el Estado se encuentra obligado a garantizar su continuidad y la de todos los elementos que le son esenciales, tal como se establece el artículo 41° de la Constitución Nacional. Así, el fallo de la Suprema Corte de Justicia, a favor de conservar el Reinado de la Vendimia, se basa mayoritariamente en un profuso digesto que obliga a los Poderes del Estado a proteger el patrimonio cultural.
En lo personal, y fundada en la génesis de la historia de la Fiesta, en mi conocimiento empírico y teórico de las celebraciones populares y en cumplimiento de la legislación vigente, ratifico mi postura a favor de mantener el Reinado de la Vendimia. Lo hago además, habiendo vivido la particular experiencia de suprimir dos reinados de Fiestas provinciales, el del Turismo en noviembre de 2017 y el de la Nieve en julio de 2018, por lo cual podría decir que he corrido con la ventaja, de estudiar y reflexionar previamente sobre la tendencia de eliminar reinados, y adherir a los debates cimentados en los nuevos paradigmas que fortalecen el rol de la mujeres en todos los ámbitos, y que se fundan tanto en la Ley 26.485/09 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra La Mujer, aprobada por Ley 24.632, entre otras.
Sin embargo, la Fiesta de la Vendimia amerita un análisis mucho más profundo, porque como toda fiesta tradicional tiene el comportamiento de los ritos de una sociedad. Así, Cázeneauve, en Sociología del rito, señala “el rito es una acción estereotipada que se resiste al cambio, reproduciendo invariablemente acciones cuya estabilidad persiste aun a pesar de la transformación de las condiciones de vida. El ritual sometido a bruscos cambios pierde su eficacia y su razón de ser, por lo que aquéllos se introducen con extremada prudencia”. Esto puede explicar - en parte - la dificultad frente a este pretendido cambio de fondo, sin embargo como el patrimonio intangible es también denominado “vivo”, se pueden añadir nuevas prácticas, como las numerosas que ya fueron aceptadas, por citar algunas: la multireligiosidad en el Bendición de los frutos o la incorporación de nuevas tecnologías en el Acto central.
A la adhesión popular, se debe sumar su continuidad temporal y que genera una gran cantidad de oportunidades laborales durante prácticamente 5 meses del año. Todos estos factores, han actuado como garantes para que el conjunto de huellas patrimoniales que esta comunica, se perpetúen en el inconsciente colectivo de la sociedad y conviertan a nuestra Vendimia, en una portadora casi integral de la identidad mendocina. Una inversión de los gobiernos municipales y el provincial, que tiene su retorno económico a través del movimiento turístico nacional e internacional y en una proyección de la marca Mendoza, que resulta imposible cuantificar.
La Fiesta de la Vendimia, es mucho más que una celebración, es un complejo fenómeno socio - cultural, económico y político de la provincia, cuyo abordaje suele ser muy complejo, pues se debe ver el conjunto de sus “componentes” y la interrelación que existe entre estos, que además del gran Acto Central y la Bendición de los frutos, incluyen las fiestas barriales, distritales y departamentales, la Vía Blanca y el Carrusel, todos instituidos en torno a la elección de las personas representantes del Reinado de la Vendimia, y esto desde su misma génesis, en el año 1936. Estos componentes están mencionados en la Ley N°6973, que la declara patrimonio cultural de Mendoza.
Concretamente, sostengo que no se puede eliminar un componente, en este caso el Reinado, sin un proceso integral de estudio de la Fiesta, que asegure su preservación, no solo por mandato de la legislación, sino por la cantidad de fuentes del empleo que la misma involucra en el sector de la economía que constituyen la cultura y el turismo, y en todo el comercio en su conjunto, dada la derrama propia de la actividad turística.
Desde mi lugar de legisladora, ocupada por estos temas, presenté en el año 2021, tres proyectos, que inciden de manera directa en salvaguarda de la Fiesta Nacional de la Vendimia, uno de Ley de la creación de la Comisión UNESCO por Vendimia con el fin de formular la candidatura para la incorporación de la Fiesta en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, otro de Declaración donde expreso la necesidad de actualizar el Reglamento del Reinado vigente, al que le adjunto además un modelo sugerido y un proyecto de Ley que estable un nuevo Régimen del Patrimonio cultural provincial.
*La autora es senadora provincial UCR.