El límite San Luis-Mendoza

El desconocimiento de ríos, sus nombres, parajes, antecedentes históricos y mensura judicial, en el gobierno de Onganía, dio por resultado la indeterminación del límite interprovincial en el terreno, situación que continúa y produce inseguridad jurídica.

Sector afectado en el Limite entre San Luis y  Mendoza
Sector afectado en el Limite entre San Luis y Mendoza

El 8 de octubre de 1974 el diario los Andes publicó “Carta Geográfica de Mendoza- Resolver situaciones de límites pendientes”- Nota III.

Describe los problemas de límites de Mendoza, los trazos son materializados simbólicamente en mapas o concretados en el suelo por hitos o formaciones naturales. Esas líneas en todos los casos no están perfectamente definidas. Existen divergencias con San Luis.

Por decreto del Poder Ejecutivo, se fijó como límite interprovincial el cauce natural del Rio Desaguadero, dándose comienzo a la señalización por las direcciones de geodesia y catastro de San Luis y Mendoza, hasta llegar al Fortín San Luis que se encuentra al Norte de la ruta 7, desplazado al Oeste del cauce del Desaguadero.

Paralizados los trabajos por divergencias entre ambas reparticiones, ambas solicitaron instrucciones al Ministerio del Interior. Éste ratifico como límite al cauce natural del rio Desaguadero. Es necesario terminar esta demarcación, pues la situación ocasiona problemas de orden jurídico ya que la zona está poblada por puestos donde los habitantes se inscriben como puntanos correspondiéndoles a la provincia de Mendoza.

Los Andes publicó otros dos artículos: en fecha 14 de marzo de 1983: “Se solicitará No Innovar en zona de litigio” y 20 de marzo de 1983: “Orden de No Innovar en zona de litigio procura el Gobierno”, en referencia al decreto N° 461/83 del Gobierno de San Luis que ordenaba el inicio de acciones judiciales tendientes a paralizar las obras del centro de control que Mendoza hacia sobre Ruta Nacional 146 al margen Oeste del rio Bebedero. Obra que fue inaugurada por el Gobernador Felipe S. LLaver en 1984, en un campo cuyo dominio está inscripto en San Luis.

El 6 de noviembre de 1993, escribí en este prestigioso medio, un artículo titulado “Fortín Saltom, un sitio olvidado de nuestra historia” donde analizaba la cuestión del límite entre ambas provincias en zona de Puente La Horqueta ubicada 80 kms al sureste de Desaguadero (Mendoza), 40 kms al suroeste de Beazley (San Luis), y que en cierta medida venía a arrojar claridad sobre el asunto.

El primer deslinde

El “gobernador intendente” de Córdoba del Tucumán, Marques Rafael de Sobremonte -a la que se anexaron las provincias de Cuyo-, luego de inspeccionar las provincias a su mando en 1786, deslindó la Jurisdicción de San Luis de la de Mendoza, expresando :…”hasta llegar a La Punta del Médano en la orilla de las Lagunas , desde cuyo punto prosiguió por la costa de las Lagunas buscando el rumbo al sur y llego hasta el Paso de las Carretas en el Rio Tunuyán, adonde este luego de varios derrames y rodeos, sigue ya su curso al sur, con lo que quedo deslindada esta provincia de San Luis de la de Mendoza”

Los derrames y rodeos mencionados por Sobremonte dejaron sus huellas en el terreno, hoy se observan en las imágenes fotográficas y satelitales, especialmente donde el rio Tunuyán vertía sus aguas sobre el rio Bebedero formando un delta en la zona de aproximadamente 70.000 has.

Entonces no existían diques ni canales que embalsaran o derivaran el agua del Tunuyán y terminaba formando verdaderas lagunas, islas, y cursos de agua dulce apreciadas por las poblaciones indígenas desplazadas por los conquistadores españoles y pobladores locales, hacia el sur, estableciendo una línea de frontera que protegiera el camino de carretas que trasladaban mercancías de Argentina a Chile y viceversa.

Para ello fue necesario construir una línea de fortines, así se emplazó el Fortín Salto –por el nombre del rio que se encontraba al Este (mal llamado Desaguadero)-, y así lo menciona la mensura judicial practicada el 20 de octubre de 1883 por el agrimensor Saturnino Leiva sobre la propiedad de José V. Rúa que arrojó una superficie de “23 leguas más 543 cuadras cuadradas más 14.930 varas”.

Replanteó en el terreno el límite entre ambas provincias definido por Sobremonte, luego sobre esta mensura se practicaron fraccionamientos que generaron 15 parcelas cuyos dominios se hallan inscriptos en el Registro de la Propiedad de San Luis.

La ley del límite

La ley 18498/69 del gobierno de Onganía ,definió “el límite entre las provincias de San Mendoza y San Luis , en la sección comprendida entre la bajada del Toro y la confluencia de los ríos Salado y Tilatirú, será la línea media del cauce actual del rio desaguadero” y estableció la demarcación que debían realizar ambas provincias conforme a dictamen de la Comisión Nacional de Limites Interprovinciales de fecha 12 de noviembre de 1969, la que se vio frustrada por divergencias entre las comisiones , al llegar al Fortín Salto ya que este sitio histórico pertenecía a San Luis y se encuentra el Oeste del curso del rio. Con el retorno del gobierno constitucional en 1983, el Congreso Nacional recuperó sus atribuciones, la Comisión cesó sus funciones, y no se procedió a la demarcación del límite entre ambas provincias.

Los ríos del sector

El que atravesamos cuando vamos por Ruta Nacional 7, (puesto control Desaguadero) recibe el nombre de Salado, sus aguas se dirigen hacia Sur y recibe las del rio Tunuyán (o Arroyo Bruno), cambia su nombre por Bebedero, más al Sur en Chañaral del Real (paraje) se divide en dos brazos, uno se dirige al Norte y llega hasta la Salina del Bebedero –de ahí su nombre-, el otro continúa al Sur y toma el nombre de El Salto –de ahí el nombre del fortín- recibe aguas del arroyo El Boyero, del arroyo Amargo -por sus aguas amargas- y del Rio Tila o Tila-Tirú que son sus afluentes, 17 kms al Sur del actual Puente La Horqueta –recibe este nombre por la forma en que se interceptan los ríos Tunuyan y Bebedero-. En este punto nace el Rio Desaguadero.

La indeterminación

El desconocimiento de ríos, sus nombres, parajes, antecedentes históricos y mensura judicial, en el gobierno de Onganía, dio por resultado la indeterminación del límite interprovincial en el terreno, situación que continúa y produce inseguridad jurídica que afecta los inmuebles de la zona, sus propietarios, los límites jurisdiccionales y administrativos y hasta la posible explotación de hidrocarburos ya que allí termina la Cuenca Cuyana.

El autor es Agrimensor y Abogado.

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