Un lector asiduo de esta columna me hace llegar una duda acerca de la diferencia que se plantea entre escribir ‘reestablecer’, con doble ‘e’, y ‘restablecer’, con una sola. El argumento que aduce es totalmente comprensible y tiene que ver con el valor significativo de cada vocablo. Pero, he aquí que el vocablo *reestablecer no está consignado en ninguno de los diccionarios académicos; el único verbo registrado es ‘restablecer’ y posee dos valores significativos diferentes que mi amigo lector quería atribuir a formas gráficas distintas. En efecto, esta forma con una sola ‘e’ posee dos acepciones: la primera es la de “volver a establecer algo o ponerlo en el estado que antes tenía”: “Restablecieron el diálogo después de tantos años”. La segunda es la de “recuperarse, repararse de una dolencia, enfermedad y otro daño o menoscabo: “La pequeña se ha restablecido muy pronto de su dolencia”. Cuando tiene este valor, se usa como pronominal (´restablecerse’) y lleva a su lado, obligatoriamente, la preposición ‘de’.
La duda planteada por el lector se origina en el hecho de haberse encontrado el prefijo ‘re-’, con valor de repetición, y el verbo ‘establecer’, que significa “ubicarse, fijar residencia”. Confluyen, entonces, dos vocales iguales y es regla ya generalizada su unificación en una sola. En efecto, esta regla de los prefijos, muy claramente explicada en la Ortografía (2010), nos dice: “Se recomienda simplificar las vocales dobles que aparecen al aplicar un prefijo, siempre que se den a la vez las tres condiciones siguientes: 1) se simplifique la pronunciación cuidada en todos los niveles de la lengua oral; 2) no existan problemas de identificación del término o de confluencia con otro ya existente, de diferente significado; 3) no medie una hache. Así, cuando la conservación o la eliminación de la doble vocal implica cambio de significado, no se produce la fusión en una sola vocal; por ejemplo, el diccionario nos da los verbos ‘rescribir’ y ‘reescribir’: el significado del primero es “contestar, responder por escrito a una carta u otra comunicación”; el valor del segundo es “volver a escribir sobre algo dándole una nueva interpretación”. También, son distintos los valores de ‘redición’ y ‘reedición’: el primero, derivado del latín “redicere” (“volver a decir”), significa “repetición de lo que se ha dicho”, mientras que el segundo toma el valor de “nueva edición de un libro o publicación”, pues se vincula con “reeditar” (“volver a editar o publicar”).
En las permanentes luchas producidas para recuperar derechos o atribuciones que se creen perdidos, existe la confusión entre ‘revindicar’ y ‘reivindicar’, por un lado, y los adjetivos ‘inicuo’ e ‘inocuo’, por otro. Hay quienes creen que tanto los dos verbos como los adjetivos tan parecidos son variantes intercambiables, pero no es así: ‘revindicar’ significa “defender a quien se ha injuriado”; en cambio, ‘reivindicar’ es “reclamar aquello a lo que se cree tener derecho”, “argumentar en favor de algo o alguien” y “reclamar la autoría de una acción”. Ejemplo del primer verbo sería “Es preciso revindicar el prestigio de ese escritor tan injustamente criticado”; en cambio, “reivindicar” nos da ejemplos como “Esta marcha intenta reivindicar el derecho a peticionar con respeto y mesura”; también, “Esa agrupación trata de reivindicar una mejor atención para sus afiliados”. La confusión se ha originado no solamente en el parecido material de los dos términos, sino en el entrecruzamiento semántico de sus valores significativos; en efecto, el reclamo para reivindicar derechos perdidos implica, más de una vez, revindicar o realizar la defensa de los que han sido injustamente injuriados.
En cuanto a los parecidos ‘inocuo’ e ‘inicuo’, podemos advertir su origen diferente y sus aplicaciones y valores también distintos. ‘Inocuo’ significa “que no hace daño”, por lo tanto, “que no es perjudicial”: “Tomá con confianza ese té digestivo: es inocuo”. Su etimología incluye el prefijo privativo ‘in-’ y el adjetivo latino ‘nocuus’ (“dañino”); se vincula, en ese idioma, con el verbo ‘nocere’ que equivalía a “dañar, perjudicar”. Se puede registrar, aunque ya no se la utiliza, la forma ‘innocuo’, fiel al origen latino. Además, como puede advertirse, se relaciona con el vocablo ‘inocente’, cuyo significado es “que no tiene culpa o responsabilidad con respecto a un delito o a una acción o situación consideradas negativas”.
En cambio, ‘inicuo’ tiene el valor de “injusto o no equitativo”; también, “malvado”. Su significado proviene de su etimología latina, pues al valor negativo del prefijo ‘in-’, se le suma el del adjetivo ‘aequus’, que equivalía a “justo”. De la primera acepción de este adjetivo, podemos dar el ejemplo “Deberían derogar ese sistema por inicuo”; de la segunda acepción, se deriva el significado del sustantivo ‘iniquidad’, que se define como “maldad, injusticia grande”: “Ha cometido iniquidades que no pueden perdonarse”.
Por último, alguien ha preguntado por qué, en algunos contextos, aparece la expresión ‘ex abrupto’, en dos palabras separadas, mientras que en otros se lee el sustantivo ‘exabrupto’ como un solo término. La pregunta apunta a ver si es indistinta su escritura. Respondemos que no lo es ya que la expresión ‘ex abrupto’ es una frase latina que toma valor adverbial y que debe traducirse y usarse como equivalente a “de improviso o de manera brusca”: “El diputado, encolerizado por la evolución de las discusiones, abandonó el recinto ex abrupto” (= “de golpe, de manera repentina”); en cambio, el sustantivo ‘exabrupto’ tiene el valor de “dicho inesperado e inconveniente”: “Su carácter insoportable lo lleva a proferir exabruptos en forma permanente”.
*La autora es profesora Consulta de la UNCuyo.