Obligado por la crisis, Macri impone un control cambiario

Las nuevas medidas anunciadas ayer en el Boletín entran hoy en vigencia y tienen el objetivo de estabilizar el precio del dólar.

Obligado por la crisis, Macri impone un control cambiario
Obligado por la crisis, Macri impone un control cambiario

El Gobierno y el Banco Central decidieron poner desde hoy veintitrés nuevas restricciones en el mercado de cambios para intentar estabilizar el precio del dólar y garantizar que los ahorristas accedan a los billetes que atesoran en los bancos.

Los ahorristas particulares y las empresas tienen en cajas de ahorro, plazos fijos, cuentas corrientes y Fondos Comunes de Inversión unos 28.990 millones de dólares, a los que, según el Banco Central, podrán acceder sin problemas.

Ayer se publicó de forma extraordinaria en el Boletín Oficial el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 596 firmado por el presidente Mauricio Macri y el pleno de su gabinete que dispuso fijar controles de cambio, tras tres años y medio de total desregulación.

Estas medidas las venía solicitando la oposición desde el principio de la gestión Macri. Y fueron puestas sobre la mesa del ministerio de Hacienda por el Frente de Todos tras la abultada diferencia sobre Juntos por el Cambio en las elecciones primarias.

Macri, que tras asumir decidió desregular el flujo de capitales, se vio obligado a reinstalar restricciones debido a la emergencia en la que se encuentra su Gobierno por la derrota electoral, que lo dejó casi sin chanches de pelear por la reelección.

Pero también por la crisis que se inició en mayo de 2018 y tuvo altibajos, profundizándose tras las elecciones primarias con un salto del dólar del 33,3%, salida de depósitos por 3.510 millones de dólares y un rebrote inflacionario.

Hoy a las 9, antes de que abran los mercados, el presidente del Banco Central, Guido Sandleris, y el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, brindarán una conferencia de prensa para explicar las medidas y llevar calma a los ahorristas.

El Fondo Monetario Internacional, principal acreedor de la Argentina por 56.300 millones de dólares, dijo que "está analizando" las medidas y aseguró que mantendrá "estrecho contacto" con las autoridades del país, para seguir "al lado de la Argentina durante estos tiempos desafiantes". Voceros del organismo multilateral de crédito le respondieron a este diario que las medidas de gestión de flujos de capitales fueron anunciadas "con el objetivo de proteger la estabilidad cambiaria y a los ahorristas".

Medidas 

Las medidas establecen que los exportadores deberán liquidar sus dólares en un plazo máximo de seis meses y que las instituciones y empresas tienen que pedir autorización al Banco Central para poder comprar divisas y enviarlas al exterior. 

Estas decisiones son complementarias a las del viernes, cuando se prohibió a los bancos girar dividendos al exterior sin previa autorización oficial. De no poner nuevos controles, hoy las multinacionales podrían haber girado en masa sus ganancias al exterior. 

Esa situación hubiera generado una fuerte presión sobre el tipo de cambio que el viernes cerró en los 62,04 pesos por dólar en el promedio bancario y en los 56,30 pesos en el mercado mayorista. Hoy, se prevé, abrirá por encima de esos valores.

El mercado lo anticipó ayer. Las sociedades de bolsa ajustaron sus precios: Bull Market Brokers hizo saltar la cotización minorista de 61 a 65 pesos y Balanz Capital lo posicionó en 64,50 pesos, pero luego suspendió operaciones. El home banking del BBVA mostraba un dólar de 64,99 pesos. 

Dicen que no es un cepo 

En el Banco Central dijeron que "se busca lograr mayor estabilidad cambiaria y proteger al ahorrista", en clara sintonía con el FMI. Y negaron que se trate de un "cepo" cambiario.

Argumentaron que no se está limitado la posibilidad de extraer dólares de cuentas a las personas físicas o jurídicas. Tampoco hay impedimentos al comercio exterior, ni para el turismo.  Esas son diferencias con el cepo cambiario que el Gobierno de Cristina Kirchner puso entre 2011 y 2015, cuando había un tope mensual de compras de 2.000 U$S y sólo podían acceder quienes tenían pesos en una cuenta bancaria.  Las restricciones de ahora indican que las personas físicas no podrán comprar más de 10.000 U$S por mes. Tampoco realizar transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de 10.000 U$S por persona por mes.

Bancos abiertos dos horas más

Para las empresas, también hay novedades. Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días tras el permiso de embarque. Para las commodities son sólo 15 días. Aclararon desde el Central que no hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento. No obstante, las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.

Para generar tranquilidad en los ahorristas que quieran ir a buscar su dinero, el Central dispuso que los bancos estarán habilitados para extender su horario dos horas durante este mes. Los cobros de exportaciones de servicios deberán ser ingresados y liquidados en el mercado local de cambios en un plazo no mayor a los 5 días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país, o de su acreditación en cuentas del exterior.

Claves

1. Los cobros de las nuevas exportaciones de bienes deberán ser ingresados en un plazo máximo de seis meses.

2. Las exportaciones oficializadas hasta ayer deberán ser ingresadas y liquidadas en el mercado local de cambios dentro de los cinco días hábiles de la fecha de cobro o desembolso en el exterior o en el país.

3. Se admitirá la aplicación de cobros de exportaciones a la cancelación de anticipos y préstamos de prefinanciación de exportaciones.

4.Los cobros de exportaciones de servicios deberán ser ingresados y liquidados en un plazo no mayor a los cinco días hábiles a partir de la fecha de su percepción.

5. Para poder comprar dólares, el Banco Central deberá autorizar en los siguientes casos:

A) Personas, empresas, gobiernos locales, fondos comunes de inversión, fideicomisos, entre otros, que quieran depositar dinero en bancos en el exterior.

B) Personas que quieran ayudar a un familiar en el exterior por hasta U$S 10.000 dólares mensuales.

C) Cuando no residentes (turistas) quieran comprar más de US$ 1.000 por mes.

D) Para girar utilidades y dividendos al exterior.

E) Para precancelar vencimiento de servicios de capital e intereses de deudas financieras con el exterior habrá que pedir autorización tres días antes.

F) Para la precancelación de deuda por importaciones de bienes y servicios habrá que pedir permiso.

G) Para pagar deudas vencidas o a la vista por importaciones de bienes con empresas vinculadas del exterior cuando supere el equivalente a US$ 2 millones mensuales.

H)  Para pagar servicios con empresas vinculadas del exterior, excepto para las emisoras de tarjetas por los giros por turismo y viajes.

6. Se establece la obligación de ingreso y liquidación en el mercado local de cambios de nuevas deudas de carácter financiero con el exterior que se desembolsen a partir de hoy.

7. Se prohíbe el acceso al mercado de cambios para el pago de deudas y otras obligaciones en moneda extranjera entre residentes.

8. Las operaciones de canje y arbitraje podrán realizarse con clientes sin la conformidad previa del Banco Central en la medida que de instrumentarse como operaciones individuales sean pasadas a pesos.

9. Las entidades autorizadas a operar en cambios no podrán comprar con liquidación en moneda extranjera títulos valores en el mercado secundario ni utilizar tenencias de su Posición General de Cambios para pagos a proveedores locales.

10. Las casas y agencias de cambio no podrán incrementar, sin conformidad previa del Central, sus tenencias en moneda extranjera respecto al promedio de sus tenencias de agosto.

11. Por cada operación de cambio se debe realizar un boleto de compra o venta de cambio en forma de declaración jurada.

12. En el caso de acceso al mercado local de cambios para el pago de deudas financieras o comerciales con el exterior deberá demostrarse que la operación se encuentra declarada en la última presentación vencida del Relevamiento de activos y pasivos externos.

En el caso de pagos anticipados de importaciones, deberá presentarse la documentación respaldatoria, se deberá demostrar el registro de ingreso aduanero de los bienes dentro de los 180 días corridos desde su acceso al mercado de cambios y el destinatario de los fondos debe ser el proveedor del exterior.

13. Los clientes deberán realizar todas sus operaciones a través de entidades autorizadas.

14. Se suspendió el “Registro de Operadores de cambio” para empresas que soliciten la autorización a partir de la fecha.

15. Los bancos deben reducir su posición global neta de moneda extranjera: esto es para que pongan más dólares a disposición de sus clientes.

16. Todas las operaciones que no se ajusten a lo dispuesto están sujetas a sanciones previstas en el Régimen Penal Cambiario.

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