Nueva figura en el Código Penal

Nueva figura en el Código Penal
Nueva figura en el Código Penal

El femicidio fue aprobado en noviembre en la Ley 26.791, que incorpora modificaciones a distintos incisos del artículo 80 del Código Penal con el objetivo de agravar las penas para casos de femicidio o de asesinatos cometidos por violencia de género.

Votada por unanimidad, la ley prevé reclusión perpetua para quienes cometan femicidios y queda descartado el uso de atenuantes cuando el hombre tenga antecedentes por violencia.

El texto de la norma señala que "se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua" a quienes asesinen a "su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia".

También a quienes cometan el delito de homicidio por razones de "placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión".

Además, la ley prevé que, "cuando mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de 8 a 25 años", pero sostiene que "esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima".

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