¿No vas a poder votar? Así podés justificar la no emisión de voto

Los “infractores” deberán presentar sus constancias en la Secretaría Electoral o través de la página de la Cámara Nacional Electoral.

¿No vas a poder votar? Así podés justificar la no emisión de voto
¿No vas a poder votar? Así podés justificar la no emisión de voto

El próximo domingo se realizaran las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) en Mendoza. Para ellos, todas las personas de entre 18 y 70 años que se encuentren el padrón electoral deberán asistir a las urnas.

Es de público conocimiento que quienes no cumplan con el deber cívico y no hayan justificado la "falta" deberán pagar una multa. Sin embargo, existen algunas circunstancias que pueden obstaculizar proceso y hay herramientas para justificar la inasistencia.

Pero ¿Cuáles son los casos que están contemplados? Para empezar, para las personas de 16, 17 y mayores a 70 años la votación es opcional.

Después están los casos en los que la persona se encuentre a más de 500 Km del lugar en el que le corresponde votar y, por supuesto, quienes no puedan concurrir al lugar de votación por enfermedad.

Si el día de la elección está a más de 500 km del lugar de votación, ese mismo día la persona deberá asistir con su DNI a la comisaría más próxima y exponer el motivo por el cual no se presentó a votar a los efectos de solicitar una certificación escrita.

Si la persona se encuentra enferma o imposibilitada por fuerza mayor de cumplir con la obligación de votar, deberán justificar la "falta" el mismo día de la elección mediante un certificado médico de los servicios de salud pública.

Si no hubiera otra opción, se admitirá certificado expedido por médico matriculado que ejerza en el sistema privado de salud.

En los casos, la persona deberá presentar la constancia ante la Secretaría Electoral sito en Av. San Martín 678, 4º piso del Correo Argentino dentro de los 60 días posteriores a los comicios o través de internet a través de la página de infractores.

En ese sitio, el ciudadano podrá ver la ausencia y subir la constancia correspondiente en formato PDF.

En el mismo lugar se podrán revisar ver las infracciones anteriores y descargar los comprobantes de pagos de multas así como también reclamar por infracciones mal computadas.

Sanciones

El elector que, tanto en las Elecciones Primarias como en las Elecciones Nacionales, no cumpla con la obligación de votar y no justifique su inasistencia ante la Secretaría Electoral del distrito correspondiente será sancionado.

• Con una multa que va desde los $50 hasta los $500.

• No podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección.

• Y, si no paga la multa impuesta, no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales.

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA