El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) permitió este martes a los países miembros reintroducir el control fronterizo con otras naciones de la UE bajo las reglas de Schengen en caso de existencia de una amenaza grave para el orden público o la seguridad. Sin embargo, en su fallo, el Tribunal mencionó que el control no puede durar más de seis meses en total a menos que surjan nuevas circunstancias.
Agregó que la prórroga de los controles fronterizos tras los seis meses solo puede justificarse si el país miembro “enfrenta a una nueva amenaza grave que afecta su orden público o su seguridad interna”. En este sentido el Tribunal detalló que Austria, que mantuvo controles fronterizos después del 10 de noviembre de 2017, implementados a raíz de la crisis migratoria de 2015, “no demostró la existencia de una nueva amenaza”. El caso se abrió a raíz de una demanda presentada por un hombre llamado N. W. contra Austria por haber sido multado dos veces en 2019 porque se negó a presentar su pasaporte al ingresar a Austria desde Eslovenia.
El Tribunal Administrativo Regional de Estiria solicitó la interpretación del Tribunal sobre si Austria tenía derecho a reintroducir el control fronterizo por iniciativa propia, incluso después de que la recomendación del Consejo Europeo, que permitía los controles fronterizos por la crisis migratoria, expirara el 10 de noviembre de 2017. En respuesta, el Tribunal aseguró que “no se puede obligar a una persona, so pena de una sanción, a presentar un pasaporte o documento de identidad” cuando la reintroducción del control fronterizo es contraria a la legislación de la UE.
El tribunal austriaco tomará la decisión final sobre la demanda de N. W. en base al fallo preliminar del Tribunal de la UE, que solo proporciona una interpretación de la legislación de la UE.