La moción que buscaba declarar a Pedro Castillo como “incapaz moral permanente” no fue admitida a trámite al registrar 76 votos en contra, frente a 46 a favor y 4 abstenciones. Esta fue la quinta moción de vacancia (destitución) presidencial presentada en el Parlamento de Perú en los últimos cuatro años, lo que en los casos precedentes impidió que concluyeran sus respectivos mandatos los ex presidentes Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018) y Martín Vizcarra (2018-2020).
La iniciativa para vacar a Castillo se quedó a seis votos de los 52 necesarios para abrir el proceso de destitución presidencial, como ya había anticipado en la víspera la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, quien no era muy optimista en alcanzar esa meta. El motivo para demandar la destitución del presidente eran las presuntas presiones ejercidas a los comandantes de las Fuerzas Armadas por parte del ex secretario de Palacio de Gobierno y del ex ministro de Defensa para ascender irregularmente a militares allegados al jefe de Estado.
A favor de la moción votaron los 43 congresistas que conforman los tres partidos de derecha que demandan la destitución de Castillo, entre ellos el fujimorista Fuerza Popular, el ultraderechista Renovación Popular y el neoliberal Avanza País.
Estas tres fuerzas políticas son las mismas cuyos integrantes apoyaron las denuncias de fraude electoral sin pruebas lanzadas por Keiko Fujimori tras perder las elecciones presidenciales frente a Castillo, a quien continúan sin reconocer como el presidente legítimo.
A ellos se les unieron tres congresistas que simpatizaban con la idea, procedentes del populista Podemos Perú y del partido de centroderecha Alianza Para el Progreso (APP), que votó mayoritariamente contra la moción. También votaron en contra el marxista partido Perú Libre, con el que Castillo ganó las elecciones, así como la coalición de izquierdas Junto por el Perú (JP) y los centristas Acción Popular, Somos Perú y el liberal Partido Morado.
Durante el debate de la moción, el oficialismo denunció que se malinterprete la figura de la “incapacidad moral permanente”, contemplada en la Constitución peruana como incapacidad mental del jefe de Estado, uno de los escenarios extraordinarios en los que se puede declarar vacante el puesto de presidente de la República.