Dejó embarazada a su hijastra de 14 años, pero lo absolvieron porque ella reveló haberlo violado

La niña dijo ante la Justicia que había sido ella quien se puso sobre su padrastro y lo atacó sin consentimiento. Polémica por el fallo de los magistrados.

Dejó embarazada a su hijastra de 14 años, pero lo absolvieron porque ella reveló haberlo violado
Dejó embarazada a su hijastra de 14 años, pero lo absolvieron porque la niña dijo que lo violó (Imagen ilustrativa / Web)

Un hombre fue absuelto por la Justicia de España de los cargos de abuso sexual, ya que su hijastra de 14 años, inicial víctima del caso y quien había quedado embarazada, declaró que fue ella quien lo violó.

En el juicio, celebrado el pasado 5 de marzo pero hecho público esta semana, el fiscal y la acusación particular habían pedido seis años de prisión para el padrastro por un delito de abusos sexuales con la concurrencia de la atenuante de embriaguez. Pero la defensa, por su parte, reclamó la absolución. Finalmente, esta última fue la decisión de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra.

El origen de los hechos se remonta a 2018, cuando la chica dio a luz a su hijo. Tanto la madre como el padrastro de la menor alegaron que no se habían enterado del embarazo hasta ese momento y este último, en el momento de su detención, dos semanas después, dio su consentimiento para la obtención de muestras de ADN. El informe genético determinó que la probabilidad de que fuera el padre biológico del bebé era del 99,999999987 %.

A raíz de esta situación, se hizo la denuncia por abuso sexual del hombre contra su hijastra. Pero el desenlace fue totalmente diferente a lo esperado.

Palacio de Justicia de Navarra (archivo) -
Palacio de Justicia de Navarra (archivo) -

Según indicó la Justicia en el fallo, la progenitora de la niña interpuso la denuncia contra su marido obligada por los responsables de la Subdirección de Familia y Menores de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, como medida de protección de la menor y como requisito para implementar el programa especializado de intervención familiar. Y no porque ella entendiera la existencia de una violación.

Los magistrados consideraron que no está probado que el sujeto, “al que la menor trataba como un padre, y aprovechándose de esta situación”, hubiera mantenido “relaciones sexuales completas” con su hijastra.

El tribunal recogió el informe pericial forense, según el cual, “desde el punto de vista médico”, no se puede descartar “la posibilidad fisiológica de tener una erección del pene en estado de impregnación alcohólica, en dosis moderadas de alcohol con cifras de alcoholemia medias (1,54 g/l de alcohol en sangre)”. De modo que, según el informe forense, “el expresado nivel de alcoholemia no impide esta actividad/función fisiológica”.

En su declaración, la adolescente relató que fue ella quien, estando él dormido y “borracho” en el sofá, se puso encima suyo y mantuvo la relación sexual sin que el hombre se percatara, según lo informado por La Vanguardia.

Más allá de los cuestionamientos por definir absolver al padrastro, los jueces indicaron que, “valorando el contenido íntegro de las expresadas declaraciones, no es posible obtener los elementos” de convicción “que permitan considerar la realidad de una conducta penalmente relevante reprochable” al acusado.

El Código Penal español recoge como delito la práctica de relaciones sexuales con menores de 16 años independientemente de si prestan o no su consentimiento. Tan solo admite la excepción de si la persona mayor es próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez, que no es el caso juzgado.

137: línea de atención a víctimas de violencia familiar y sexual

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