Criticó la ruidosa vida sexual de su vecina en TV, la denunciaron y ahora deberá indemnizar a la mujer

La Audiencia Provincial de Salamanca, en España, ha condenado además a la cadena RTVE y a la mujer entrevistada a pagarle 10.000 euros a la vecina afectada.

Criticó la ruidosa vida sexual de su vecina en TV, la denunciaron y ahora deberá indemnizar a la mujer
Condenan a RTVE y a una mujer por hablar de la vida sexual de su vecina.

Todo comenzó el 8 de marzo de 2017 en la localidad de Salamanca, España. Una mujer utilizó el programa “La mañana” de RTVE para denunciar públicamente los “ruidos molestos” de su vecina mientras mantenía relaciones sexuales.

Durante toda la entrevista aportó multitud de datos sobre la vida sexual de su compañera de piso. “La actividad nocturna de la vecina provocaba que cayeran cosas de la estantería”, confesó, según 20 Minutos.

Ante tales dichos la joven en cuestión decidió denunciar a la mujer y a RTVE, quienes ahora por orden de la Justicia, deberán pagar de forma conjunta 10.000 euros a la vecina afectada.

Condenaron a RTVE y a una mujer por hablar de la vida sexual de su vecina.
Condenaron a RTVE y a una mujer por hablar de la vida sexual de su vecina.

A la mujer demandada se le acusa de haber cometido un delito de intromisión en su intimidad y otro delito contra el honor.

“No alcanza a ver esta sala cómo los ruidos en la vivienda de una vecina, o en una de sus habitaciones en concreto, como el dormitorio, pueden constituir una materia de relevancia pública o de interés general”, ha sentenciado la Audiencia Provincial de Salamanca.

Se considera que este reportaje afectó de manera negativa a la mencionada vecina, al aportarse detalles como la puerta del domicilio, la calle y el edificio en el que vivía.

La sentencia afirma que "los ruidos que una persona haga en su casa pueden molestar a otros vecinos, pero esos comportamientos pertenecen a la vida privada de las personas".
La sentencia afirma que "los ruidos que una persona haga en su casa pueden molestar a otros vecinos, pero esos comportamientos pertenecen a la vida privada de las personas".

¿Qué dice la sentencia completa?

Según diario El Mundo la sentencia señala que “aparece en dicho vídeo la demandada quejándose de la imposibilidad de dormir por la fogosidad de la misma. Apunta como causa de las grietas en su domicilio los ‘meneos que pegan’ los de arriba. Se muestran imágenes de su vivienda para enseñar dichas grietas, y se hacen, además, afirmaciones tales como que el radiador llega a vibrar por la fogosidad que se vive en el piso de arriba.

Por otro lado en dicho vídeo, la demandada da detalles de expresiones que escucha, hasta el punto de que ante el tono de las preguntas y respuestas se recuerda a la periodista que están en horario infantil. Y, en fin, en dicho reportaje se pregunta por la eventualidad de la posible práctica de la prostitución en el referido domicilio de la vecina”.

En su resolución afirma que “los ruidos que una persona haga en su casa pueden molestar a otros vecinos, pero esos comportamientos pertenecen a la vida privada de las personas, de modo que, en principio, y salvo prueba contraria, aquí inexistente, carecen de la necesaria relevancia pública como para llevar a cabo su publicación en un medio de comunicación. A no ser que se quiera aprovechar el morbo que pueda tener la alusión más o menos explícita y más o menos directa o indirecta, pero en todo caso, alusión que se hace de las causas de esos ruidos, en referencia a la promiscua y fogosa vida sexual de la demandante”.

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