El pasado martes 3 de marzo se cumplieron 20 años del recordado motín vendimial y esa misma semana, pero 24 horas antes, la Justicia condenó a la provincia de Mendoza y a una ART a indemnizar a los siete penitenciarios (uno de ellos ya fallecido) que fueron tomados como rehenes, por un monto que apenas supera los 500.000 pesos para cada uno.
Después de un extenso análisis jurídico expresado en 948 fojas, los jueces Jorge Guido Gabutti y Julio Gómez Orellano, integrantes de la Segunda Cámara del Trabajo y Flavia Baños (de la Tercera Cámara) condenaron al Gobierno provincial a "pagar a los actores la suma de 2.599.830 pesos, calculada a la fecha de la sentencia, dentro del plazo de cinco días de notificada la misma, sin perjuicio de los ajustes e intereses que correspondan para el caso de incumplimiento, hasta su efectivo pago".
En el fallo también se condenó a la ART Provincia S.A., al pago de 1.195.523 pesos, lo que hace un total de 3.795.353 pesos. Es decir que 542.193 pesos serán para cada uno de los siete agentes penitenciarios que fueron tomados como rehenes hace 20 años.
Considerandos
El motín se inició la tarde noche del viernes 3 de marzo del año 2000; duró algo más de 40 horas y tuvo siete rehenes, todos integrantes del Servicio Penitenciario.
Cuatro años después, los agentes demandaron al Estado por "daños y perjuicios".
Así, en el expediente se fueron acumulando fojas por parte de los demandantes, que aportaron pruebas y el Gobierno provincial en principio consideró la “incompetencia” del Tribunal, argumento que fue rechazado al igual que otro planteamiento de prescripción, aportando fallos tanto de la Corte Suprema de Justicia Nacional como de los supremos mendocinos. A esto se sumaron extensos argumentos de juristas expertos en la materia.
Psiquiatras y psicólogos
También se incorporaron informes de los profesionales médicos, donde todos coinciden en que los afectados presentan consecuencias del evento dañoso. Esto por haber sido sometidos a varias y diversas agresiones, que incluyeron lesiones físicas con armas blancas y amenazas de muerte durante su cautiverio forzoso como rehenes durante el motín carcelario. También sufrieron dolencias psicológicas y psiquiátricas que fueron calificadas como "reacción vivencial anormal neurótica con manifestaciones depresivas".
El juez Gabutti, como pre opinante, recordó que "no ha habido de parte del actor (los penitenciarios) una actuación imprudente o negligente o el abuso de su función. Se trata de un acto de servicio, reconocido como tal por el empleador, para tratar de evitar la comisión de un delito del tercer delincuente, que es lo previsible en el desempeño de las tareas policiales".
Daño moral
Los camaristas finalmente dedican un párrafo especial, cuando señalan que "debe agregarse la reparación por el daño moral indudablemente padecido, en tanto se acreditó, según las pericias, que los mismos (agentes) debieron ser reasignados a otras tareas, además de lo cual padecieron de sufrimientos que implicaron una grave situación representada por agresiones físicas y vejaciones". Según el fallo, estas "incluyeron simulacros de fusilamiento, con el consiguiente temor por el riesgo de vida, (...) que les causó disfunciones sexuales, trastornos en el sueño y demás sufrimientos".