Un proyecto de ley presentado la semana pasada por la legisladora nacional por Santa Cruz, Ana María Ianni (FpV), para promover una normativa para el desarrollo del turismo activo en la montaña en todo el territorio nacional activó una vieja necesidad que tiene la provincia, directamente implicada con esta nueva propuesta.
Consultados al respecto, diferentes actores del rubro aseguraron que no verían con malos ojos una ley “paraguas” o abarcativa a nivel país que permita ordenar la normativa nacional, pero al mismo tiempo, advirtieron que ven poco probable que la misma llegue a buen puerto, porque ha sucedido lo mismo con iniciativas similares.
El proyecto de ley tiene como finalidad que la montaña sea un lugar seguro y disfrutable y es por esto que se presentó el proyecto en vinculación con el ministerio de Turismo Nacional y el presidente de Parque Nacionales, Carlos Corvalán.
La iniciativa busca que el Poder Ejecutivo determine una autoridad de aplicación que establecerá los requisitos necesarios para desarrollar el turismo activo en la montaña. Según el proyecto, ese organismo podría ser el Ministerio de Turismo de la Nación o el de Seguridad para que fiscalice y controle el cumplimiento de esa reglamentación.
Una vez sancionada la norma, funcionaría como una ley marco para luego invitar a adherir a las provincias y a los distintos organismos, según fuera su jurisdicción, como autoridad de aplicación.
Entre varios puntos interesantes, el proyecto define qué se entiende por Turismo Activo en Montaña, Senderismo y Montañismo, y prevé la clasificación de los distintos circuitos según su dificultad.
“Es fundamental que se pueda llevar un registro no sólo de la gente que ingresa a los senderos, sino también de los guías de montaña y de las empresas prestadoras de los servicios”, señaló la legisladora del Frente para la Victoria.
Cabe recordar que a principios de este año, desde el gobierno provincial se presentó las “Rutas de Aventura de Mendoza” consistentes en 21 experiencias posibles de realizar en grupo: desde escalar las altas cumbres y el pedemonte, pasando por actividades en ríos, fauna avícola hasta pesca y senderismo. Éstas pueden realizarse en distintos departamentos y son más de 100 prestadores los que trabajan con estos itinerarios.
Con ello, se demuestra que se han hecho avances en el tema y se siguen haciendo, pero que aún resta definir fehacientemente qué actividades se pueden hacer con la participación de prestadores y cuáles no pueden hacerse de manera individual.
Además, el proyecto proveniente de la Nación establece que en algunos casos podría requerirse un certificado de aptitud para desarrollar la actividad o bien integrar un grupo que tenga a cargo un responsable designado, y contar con un seguro.
“Lo que buscamos es minimizar los riesgos de accidentes, y eso depende de nosotros. Queremos que todos puedan disfrutar de la montaña, pero en un marco de seguridad”, puntualizó Ianni.
Con buenos ojos
El ministro de Turismo de la provincia, Javier Espina, opinó que no le parece mal que exista una ley marco al respecto; sin embargo, admitió que no debe ser reglamentarista, es decir que no debe ir al detalle de las normas, porque eso debe quedar en manos de las provincias.
“Creo que la ley merece un análisis profundo y que hay temas para discutir. Pero apunta al control y a la protección, y eso no está mal”, informó el funcionario. “Los marcos regulatorios son buenos, pero hay ítems, como el registro de las personas, que pueden ser buenas en espíritu y de difícil aplicación en la práctica”, continuó.
Respecto de la autora del proyecto, Espina describió que es una entendida del tema, y que fue parte importante del proceso de desarrollo del Calafate, por lo cual la ley propuesta tiene apoyo en su experiencia.
Para Mario González, secretario de la Asociación de Guías de Montaña y de la cámara de turismo de Uspallata, el proyecto de ley no es del todo malo, pero que lo que sucede es que cuando se han presentado proyectos de este tipo no han prosperado, más por política que por otro motivo.
“Por ejemplo, presentamos un proyecto de ley de Guías de montaña que quedó en veremos”, dijo y agregó: “Sí se avanzó en un régimen previsional para guías, maquinistas, campamenteros y demás, pero luego con media sanción tampoco prosperó. Creo que sería bueno tener una ley nacional y las provincias tendrían que adherir”.
En este sentido, Nicolás García, prestador de servicios de montaña, indicó que a priori recibe la noticia con escepticismo, porque en realidad se trata de una lucha de intereses y si a los grandes operadores no les interesa, Mendoza no va a adherir.
“En general, me parece que estaría bueno que haya una ley a nivel nacional, porque hay desorden entre una provincia y otra. Pero creo que el gran problema de fondo es el libre acceso y la servidumbre de paso en los senderos de montaña que este proyecto de ley propone”, explicó y graficó que, por ejemplo, el parque provincial de Tupungato no tiene ningún acceso libre.
En este punto, Espina no coincidió y dijo que se está trabajando por senderos libres en toda la provincia. El caso de los siete senderos sanmartinianos, son ejemplo de ello para el referente del área de turismo del Gobierno.
Por último, García opinó que es un paso atrás establecer la obligatoriedad de guías para hacer senderismo y que cualquier persona amante de la montaña va a pelear este punto a muerte. “De todas formas, considero que el hecho de que haya controles a las empresas está bueno, porque hay competencia desleal -no hay transporte adecuado, por citar un caso- y eso hace que los costos entre una empresa que tiene los papeles al día y otra que no, sean grandes”, confió.
La iniciativa
Puntos destacados del proyecto para el turismo activo en montaña para todo el territorio nacional:
* La autoridad de aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo Nacional.
* Contemplar las recomendaciones realizadas por guías de montaña, asociaciones de montañismo y/o senderismo, empresas prestadoras de servicio de turismo activo, en el marco del Consejo Federal de Turismo según las atribuciones conferidas al mismo en el inciso b) del Artículo 12 de la ley 25.997.
* Informar de forma cierta, clara y detallada los requisitos legales, tarifarios y de seguridad para el desarrollo del turismo activo en montaña.
* Determinar el riesgo y peligros potenciales del turismo activo en montaña de acuerdo de las características geográficas y las inclemencias climáticas.
* Publicar y señalizar el nivel de dificultad de los sectores montañosos de jurisdicción nacional según la escala de dificultad.
* Llevar un registro de las personas que estén realizando turismo activo en montaña, al que se pueda registrarse y acceder de manera presencial o a distancia.
* Asistir y rescatar a las personas en ocasión de un incidente o accidente mientras desarrollaban turismo activo en montaña.
* Publicar los registros de los guías de alta montaña y empresas prestadoras de turismo activo en montaña autorizados por la autoridad de aplicación.
* Llevar un registro de las asociaciones vinculadas a la práctica del senderismo y/o montañismo.
* Verificar la validez de los seguros de accidente, vida y responsabilidad civil requeridos en la presente ley.
* Confeccionar los contratos de asunción del riesgo.
* Validar los títulos o certificados para la práctica de montañismo y guías de alta montaña que emitan institutos educativos o asociaciones de senderismo y/o montañismo.
* Certificar a los responsables técnicos de las empresas prestadoras de turismo activo de montaña.