Mendocinas simulaban ser testigos protegidos y estafaban con alquileres en la web

Dos mujeres contactaban a sus víctimas a través de una plataforma y afirmaban que el Estado pagaría su estadía en zonas altamente cotizadas.

Mendocinas simulaban ser testigos protegidos y estafaban con alquileres en la web
Mendocinas simulaban ser testigos protegidos y estafaban con alquileres en la web

La palabra estafa viene del italiano "staffa", que significa estribo. Originalmente, estafar significaba pedir algo "prestado" sin la intención de devolverlo, según el diccionario etimológico, que aclara que "antiguamente la estafa era el cuento que le echaban a uno para pedirle 'prestado' su caballo".

Con el tiempo este delito, que el Código Penal argentino reprime en su artículo 172, se ha multiplicado en sus modalidades, situación que se ha incrementado con la llegada de internet.

Así los piratas informáticos, entre varias formas, utilizan sitios de servicios y de venta, para lo cual crean notificaciones falsas en nombre de marcas on line, servicios de entrega, sitios de reservas, plataformas multimedia, bolsas de empleo u otros servicios populares en las redes.

La historia local

Dos mujeres (a las que sólo identificaremos con los nombres Mayra, de 23 años, y Gianina, de 24) vivieron unas extensas "vacaciones", utilizando propiedades de barrios privados altamente cotizadas ubicadas en zonas de Vistalba o La Puntilla, en Luján de Cuyo.

Para eso tomaron los datos de una firma internacional que se promociona como una plataforma de reservas elegante y fácil de usar. Pero, por fuera de la empresa, las ahora condenadas se comunicaban con los propietarios que habían ofrecido sus casas en alquiler temporario de tipo turístico.

Y sin bien la primera denuncia se hizo efectiva en septiembre del año pasado, a la que se le sumaron otras dos, en fecha reciente ambas jóvenes fueron detenidas. Luego, en un juicio abreviado, fueron condenadas a penas de 2 meses una de ellas y de 5 meses a la otra. En ambos casos con prisión en suspenso, al declararse responsables del delito de estafas genéricas.


    Mariana Villa / Los Andes
Mariana Villa / Los Andes

Cómo operaban

La investigación fue encabezada por la fiscal de Delitos Económicos Gabriela Cháves al tomar conocimiento de una serie de denuncias con un mismo patrón. Una voz femenina se identificaba con el nombre de una jueza de la provincia y, por fuera de la plataforma, se mostraba interesada en alquilar una propiedad desde el 8 y hasta el 24 de septiembre de 2019 para alojar a dos mujeres que se encontraban como "testigos protegidos".

La mujer agregaba que "la estadía sería abonada con fondos del Estado contra emisión de la factura", lo que significaba que las inquilinas ingresarían con anterioridad al pago del canon fijado.

Y así ocurrió que las dos falsas testigos ocuparon la propiedad. Incluso sumaron 15 días más de alojamiento hasta que la supuesta magistrada cortó todo tipo de contacto y el propietario descubrió que había sido estafado en casi 2.000 dólares.

En el segundo y el tercer caso las estafadoras mantuvieron la misma forma de operar, aunque tuvieron un final distinto. El mentiroso argumento de las falsas testigos protegidos fue nuevamente utilizado y también el nombre de la jueza. El período, en este caso, se extendió a 13 días por un monto de 40.000 pesos, a pagar "por el Estado".

En este caso, ante la denuncia de la víctima, Mayra y Gianina fueron aprehendidas y en esa situación pasaron un par de días hasta que recuperaron la libertad.

Eso les permitió “cerrar” una tercera operación que habían comenzado días antes. Esto ocurrió el último 17 de enero, cuando desde el perfil con el falso nombre de la jueza alquilaron una propiedad que ocuparon recién el 22 de enero. Pero como no se firmó el contrato un día después, como se había acordado, ambas mujeres se retiraron de la propiedad.

Después fueron nuevamente detenidas ambas jóvenes y optaron por un juicio abreviado, donde fueron condenadas por el delito de estafas genéricas.

Qué dice el Código Penal 

En su artículo 172 señala que "será reprimido con prisión de un mes a seis años el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño".

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