"Lamentablemente, una parte de lograr el déficit cero el año que viene tiene que ver con el aumento de los impuestos", afirmó ayer Mauricio Macri, poco después de que se oficializara la decisión de ampliar Ganancias para recaudar también ante el pago de indemnizaciones por despidos y ante la venta de inmuebles.
Los cambios se formalizaron a través del decreto 976/2018 del Boletín Oficial, que firmaron el Presidente, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.
Esta medida amplía el alcance de Ganancias, afectando el pago de las indemnizaciones por despido que cobren quienes se hayan desempeñado en cargos directivos y que en el último año de su actividad hayan percibido una remuneración bruta mensual superior a los 160.500 pesos.
La otra gran modificación es que también deberán tributar Ganancias aquellos contribuyentes que accedan a una renta por la venta de un inmueble adquirido a partir del 1 de enero de 2018.
Durante una conferencia de prensa que ofreció en Córdoba apenas se conocieron los nuevos esquemas, Macri admitió que la presión tributaria en la Argentina es "muy" elevada, pero no dio vueltas al advertir que para llevar el déficit fiscal primario a cero "lamentablemente hay que aumentar impuestos".
"Entre todos tenemos que lograrlo", insistió el Presidente en referencia al ajuste necesario para equilibrar las cuentas públicas tal como se comprometió ante el Fondo Monetario Internacional (FMI) para ampliar el megacrédito solicitado hasta los 56.300 millones de dólares.
Inmuebles
La renta que una persona tenga por vender un inmueble también pagará el impuesto a las Ganancias. Pero hay varios puntos a tener en cuenta antes de empezar a hacer cálculos: principalmente, esto no se aplica a la vivienda única sino sólo a una segunda propiedad.
El impuesto deberá ser pagado teniendo en cuenta la diferencia del precio de compra de la propiedad en pesos y el de venta, siempre y cuando la adquisición se haya hecho a partir del 1 de enero de 2018.
Como el mercado inmobiliario está dolarizado de hecho, este año se generó un fuerte aumento de las propiedades en pesos por la suba del 94,34% que acumuló el tipo de cambio desde enero.
Así, a modo de ejemplo, si una persona compró un departamento o casa por 100.000 dólares en enero, pagó 1.874.000 pesos. Si ahora lo vende a los mismos 100.000 dólares, tendría el equivalente a 3.677.000 pesos.
Entonces deberá restarle al p recio de esa venta el valor al que compró la propiedad, por lo que quedarían 1.803.000 pesos. Sobre ese monto considerado como una "ganancia" por el Gobierno es que se aplicará el impuesto.
¿Cuánto habrá que pagar por esa operación? El contribuyente tendrá que afrontar una alícuota del 15% sobre el total de la ganancia. Es decir, para el ejemplo citado aquí, hay que pagar unos 270.450 pesos por el solo hecho de vender el inmueble.
Esta modificación oficializada ayer por la gestión Macri se desprende de la Reforma Tributaria impulsada por Cambiemos a fines del año pasado, tras el Pacto Fiscal firmado por el Presidente con los gobernadores (excepto los de La Pampa y San Luis).
A partir de la reforma, el impuesto a las Ganancias convivirá con el actual impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI); el primero se aplicará para las propiedades que hayan sido compradas y vueltas a vender a partir de 2018, y el segundo para los inmuebles adquiridos con anterioridad.
Para los casos en los que el inmueble haya sido heredado, estará alcanzado por Ganancias sólo cuando el donante que lo cede lo haya comprado también a partir del 1 de enero de 2018.
En cambio, cuando se vende el único inmueble, o los adquiridos antes del 2018, seguirá rigiendo el ITI, por lo que el escribano retendrá al vendedor el 1,5% sobre el valor de la escritura.
Indemnizaciones
A partir del artículo 8 del decreto publicado ayer se desglosan todos los aspectos referidos al impacto que tendrá el impuesto a las Ganancias sobre el pago de indemnizaciones por despidos.
En primer lugar, indica que el tributo afectará a las "sumas que se generen con motivo de la desvinculación laboral de empleados que se desempeñen en cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas".
Pero aclara que se verán afectados sólo aquellos que hayan percibido ingresos brutos mensuales equivalentes a 15 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (que hoy se ubica en 10.700 pesos), es decir más de 160.500 pesos.
Se agrega que quedarán afectados quienes hubieren ocupado o desempeñado esos puestos “efectivamente, en forma continua o discontinua, dentro de los 12 meses inmediatos anteriores a la fecha de la desvinculación”.
El Estado recaudó 42% más en octubre
En octubre, la recaudación tributaria fue de $ 312.509 millones. Esto implica una suba del 42,2% respecto del mismo mes del año pasado, según informó ayer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El rasgo más llamativo de los números oficiales fue el monto recaudado por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que subió 56,3% en el mismo lapso. Según el director de la AFIP, Leandro Cuccioli, "el IVA subió 56% a pesar de la baja de la actividad económica". Según el funcionario, el organismo recaudó por este impuesto $ 41.000 millones más que hace un año y eso ocurrió por la suba en la industria manufacturera, en el comercio y la exploración de minas y canteras y por la producción en Vaca Muerta.
Cuccioli remarcó que "uno piensa que si baja la actividad económica baja la percepción del IVA pero sube porque hay nuevos y mejores métodos para controlar la evasión y más comercio electrónico que es un segmento que está todo registrado".
La recaudación del mes pasado también incluyó un aumento del 30,7% por Ganancias; del 51,3% por débitos y créditos ; 24,7% por Seguridad Social y 136,2% de suba en el comercio exterior, con un alza más pronunciada en los derechos de exportación.