El atleta estadounidense Christian Coleman, campeón mundial de los 100 metros llanos, fue suspendido hoy provisionalmente por la Unidad de Integridad del Atletismo (AIU) por no estar disponible para un control antidoping, señaló el organismo.
Coleman, nacido en Atlanta hace 24 años, cree injusta la medida porque se pudo evitar “con una simple llamada telefónica” ya que cuando intentaron ubicarlo estaba “haciendo compras a cinco minutos de casa”, según argumentó.
Los controladores se presentaron en el domicilio de Coleman el pasado 9 de diciembre y estuvieron llamando a la puerta durante una hora, sin respuesta desde el interior, consignó EFE.
Así consta en el ‘aviso de intento fallido’ que le fue remitido al atleta, que ya faltó en el pasado a otros controles. La Agencia Estadounidense Antidoping (USADA) acabó exculpándole y pudo competir en los Mundiales de Doha del año pasado, donde ganó los 100 metros con récord personal (9.76).
Una sanción en firme podría traducirse en una suspensión por dos años y en la ausencia de Coleman de los Juegos Olímpicos de Tokio, reprogramados para julio del año próximo.
En un comunicado difundido hoy, Coleman dice que siempre que fue sometido a control, previamente lo habían contactado telefónicamente, y que no entiende “por qué esta vez no fue así”.
En ese marco, añade que lleva “seis meses recurriendo la decisión que ahora ha sido anunciada”. Coleman admite que esta es su tercera falta a un control en los últimos 12 meses y, aunque acepta su culpa en una de las dos anteriores, considera que esta tercera obedece a “un propósito intencionado” de hacerle perderse un examen.
“Me controlaron muchas veces después, incluso durante la cuarentena. Pero, por supuesto, eso no importa. Como no importa que nunca haya consumido drogas”, afirma en su comunicado.
La AIU, organismo independiente responsable de la política antidoping en la federación mundial de atletismo (World Athletics), destaca que una suspensión provisional “en ningún caso” supone un ataque a la presunción de inocencia del atleta “y no es una sentencia previa de culpabilidad”.