Mañana, desde las 19 horas, en el edificio de la Liga Mendocina de Fútbol ubicado en el primer piso de calle Garibaldi 83 de Ciudad, se desarrollará la Asamblea General Ordinaria en la que se elegirán las autoridades que comandarán el ente madre por el período comprendido entre 2022-2026.
El 18 de febrero pasado, luego de que el Consejo Federal amenazara con desafiliar a la Liga Mendocina de Fútbol por no haber regularizado su situación administrativa, mediante una resolución firmada por su Director Ejecutivo, Dr. Sebastián Soneira, la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de Mendoza autorizó de oficio a la Liga Mendocina sólo para elegir las autoridades que sustituirán al imputado presidente Carlos Hugo Suraci.
Sin embargo, el viernes pasado el Consejo Federal envió una nota a la Liga Mendocina intimándola, ya que “el llamado al cónclave no se hizo bajo los parámetros pedidos y de realizarse bajo esta manera irregular, la Liga perdería todos los derechos exponiéndose a quedar desafiliada”. Lo que llama poderosamente la atención es que la nota tiene un error garrafal: menciona que la Asamblea General Ordinaria de la Liga Mendocina de Fútbol fue “convocada para el próximo lunes 28 del actual”, no está firmada por el presidente Pablo Toviggino, quien ese mismo viernes estuvo en el Hotel Arena Maipú en la presentación de Omar Sperdutti como candidato a presidente. La misiva está firmada por el secretario general Javier Treuque.
¿Qué sucedió?
La Liga Mendocina de Fútbol, al reformar su estatuto en Asamblea Extraordinaria del año 2018, ignoró u obvió el procedimiento administrativo a seguir ante una reforma estatuaria. Se debió enviar el proyecto de reforma al Consejo Federal y requerir su opinión y dictamen para ver si cumplía con la normativa vigente. Contando con la aprobación del Consejo Federal, recién debió tratar ante la Asamblea la reforma, y luego de aprobado por ésta, elevar el estatuto reformado ante la autoridad administrativa, la Dirección de Personería Jurídica.
En consecuencia, el Consejo Federal, de oficio, puede declarar nula la reforma del estatuto del 2018 y elevar nota a la Dirección de Personas Jurídicas solicitando que la Asamblea aprobada por resolución N° 3072 de fecha 06/12/2019 sea declarada irregular e ineficaz a los efectos administrativos ya que se apartan del Estatuto de la AFA y del Consejo Federal y que se deben cumplir con carácter obligatorio.
Hay que recordar que los miembros de la AFA están obligados a observar los estatutos, reglamentos, directrices y decisiones de la FIFA, de la CONMEBOL y de la AFA y garantizar que estos sean respetados por sus miembros y las ligas asociadas, quienes deben comunicar a la AFA cualquier enmienda en sus estatutos y reglamentos, deben presentar una declaración de que en todo momento acatarán los estatutos, reglamentos y decisiones de la AFA, de la CONMEBOL y de la FIFA y garantizar que sus estatutos se deben aprobar conformes con las estipulaciones de los Estatutos de la AFA, FIFA, CONMEBOL. Quien violare repetidamente los Estatutos, los reglamentos, las directivas o las decisiones de la FIFA, de la CONMEBOL o de la AFA puede ser expulsado.
El Comité Ejecutivo y/o el Consejo Federal de la AFA está capacitado para exigir la adecuación de los estatutos de las ligas afiliadas en caso que los mismos contraríen el Estatuto y/o Reglamentos de AFA.
El Consejo Federal tiene a su cargo la conducción del fútbol del interior de la República Argentina y desarrolla su labor a través de las Ligas Afiliadas, las Ligas deben requerir la opinión del Consejo Federal antes de elevar a la autoridad administrativa local el proyecto de estatuto o de reforma de estatutos vigentes. El Consejo Federal puede exigir la actualización de los estatutos de las Ligas que no se adecuen a lo dispuesto al Estatuto de la AFA.