Cuando parecía que las acusaciones de violencia de género, adicciones e infidelidades que Mariana Nannis lanzó contra Claudio Paul Caniggia no podían superar más límites, la mediática denunció a su ex marido por trata de personas.
Parte de la demanda presentada ante la justicia, que involucra a reconocidos periodistas, fue leída y explicada por "Nosotros a la mañana".
"La denuncia está hecha por supuesta trata de personas en alguna de sus modalidades, que puede ser, por ejemplo, explotación de mujeres con o sin consentimiento. Tenemos una parte de la denuncia presentada recientemente en Comodoro Py", comenzó el panelista Ariel Wolman.
Luego, Sandra Borghi leyó un fragmento de la denuncia que hizo Nannis a través de sus abogados: "A lo que los demás refieren TRATA, siendo que ninguna de las partes negó esta cuestión. Los periodistas al manifestar a viva voz en dicho programa de televisión palabras tales como por ejemplo: mujeres, trata, ilícito, etc., estarían presuntamente afirmando que el encartado (EL PÁJARO) podría estar incurriendo en el delito de acción pública normada en los artículos 145 bis y ter del Código Penal de la Nación, y ley 26.842 por parte de posibles autores desconocidos y que podrían ser identificados por los periodistas mencionados 'ut supra'", expresa el escrito.
“Asimismo se hace referencia al PÁJARO, pudiendo ser por el tema de la conversación el Sr. CLAUDIO CANIGGIA, y otra persona la cual no aportaron mayor información”, concluye el documento.
Wolman explicó que "cuando se refiere a 'los periodistas', uno de ellos es Luis Ventura, que tendría audios de Claudio Caniggia, en este caso hablando sobre supuesta trata de personas".
"Porque de la investigación surgen audios que, en su momento se hablaron en 'Pamela a la tarde', que podrían estar vinculados a la trata de personas por las que denuncia el abogado Alejandro Cipolla a Claudio Caniggia por supuesta trata", agregó el panelista.
Finalmente, Andrea Campbell se refirió a la pena que recibiría "El Pájaro", en caso de ser encontrado culpable del delito: "De cuatro a ocho años dice el artículo 145 bis a quien ofreciere, captare, trasladare, o acogiere a personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional o fuera".