Desde que en noviembre de 2012 se implementó en Argentina la nueva ley de femicidio, que castiga con reclusión perpetua el asesinato de una mujer o persona trans motivado por su condición de género, dos policías provinciales fueron imputados bajo esta nueva figura del Código.
Es más, los efectivos fueron los primeros en recibir cargos bajo esa nueva modalidad penal. El primer caso dejó como víctima a una oficial de Inteligencia Criminal asesinada en 2013 en Godoy Cruz por su pareja, un auxiliar de la UMAR.
El segundo tuvo como asesino a José Ontiveros (34), un policía que mató a su ex suegra y a un sobrino para vengarse de su ex pareja.
El doble crimen ocurrido el domingo en una casa del barrio Solares de San Antonio, en Guaymallén, movilizó a la Policía y generó dudas acerca de la condición (laboral y psicológica) de los policías que están denunciados por violencia de género y familiar.
Ese día, tras una discusión con su ex pareja, la policía Yamila Monje -de quien se estaba divorciando de mala gana- Ontiveros fue hasta el barrio donde vivía la madre de la mujer y disparó a quemarropa al sobrino de Monje, Benjamín (8), y su ex suegra, María Fernández (44).
El niño fue sorprendido mientras andaba en bicicleta; Fernández fue atacada cuando salió a ver el porqué de los disparos.
Monje había denunciado a Ontiveros hace más de un mes: en la presentación dijo que el policía había amenazado con matarla. Sin embargo, Ontiveros tenía una foja impecable: hacía ocho años que trabajaba en la fuerza y no había mancha en su legajo.
Tras los asesinatos, el efectivo fue detenido en la puerta de su casa de Guaymallén, mientras fumaba un cigarrillo y esperaba a sus pares para entregarles el arma reglamentaria y que lo apresaran. Previamente había llamado a Monje para avisarle que había asesinado a su madre y a su sobrino.
El caso recayó en manos del fiscal especial Daniel Carniello, quien imputó a Ontiveros por homicidio transversal, un delito contemplado a partir de la nueva ley de género.
Internado y con custodia
Cuando escuchó el delito por el que se lo acusaba -el lunes por la mañana- Ontiveros no se veía bien. "Estaba débil, como ido, cuando lo imputamos", explicó una fuente judicial consultada por Los Andes.
Es más, en ese momento no dijo ni una sola palabra. Tras eso fue trasladado a la cárcel de Boulogne Sur Mer, donde estuvo unas horas. Como durante todo el tiempo que había durado su prisión manifestó deseos de quitarse la vida, fue enviado al neuropsiquiátrico El Sauce, donde permanece alojado.
Primer caso de femicidio
Este crimen también involucró a dos integrantes de la fuerza policial que eran pareja. La noche del miércoles 16 de enero de 2013 el auxiliar Sebastián Montiveros (32) asesinó con su arma a la oficial ayudante Alejandra Yúdica (36). Él trabajaba en UMAR; ella, en Inteligencia Criminal.
El crimen se produjo en la habitación de la pareja; los pesquisas suponen que estuvo motivado por una discusión durante la cual Ontiveros efectuó un disparo; la bala dio en la muñeca de Yúdica y luego le hirió en la zona interparietal anterior. Murió poco después en el hospital Central.
Montiveros dijo que discutieron, que ella se acostó, que él decidió irse y al sacar su pistola de un placard, se le cayó en la cama y se disparó.
Fue el primer imputado por femicidio. Este crimen no llegó a juicio ya que el policía se suicidó mientras estaba en prisión.
Las imputaciones
La ley de femicidio fue aprobada en noviembre de 2012 con el número 26.791 e incorpora modificaciones a distintos incisos del artículo 80 del Código Penal, con el objeto de agravar las penas para casos de femicidio o de asesinatos cometidos por violencia de género.
El texto señala que "se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua" a quienes asesinen a "su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia".
En tanto, homicidio transversal es un inciso de la ley 26.791 que se aplica cuando alguien mata a una persona para hacer sufrir, para causar dolor a otro. "Con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que mantiene o ha mantenido una relación", reza el Código.