Llegó a la Legislatura el anteproyecto de ley de ética médica

Desde organizaciones gremiales y profesionales cuestionaron la falta de consulta, como también que no responde a lo anunciado.

Llegó a la Legislatura el anteproyecto de ley de ética médica
Llegó a la Legislatura el anteproyecto de ley de ética médica

En su discurso de apertura de sesiones legislativas, el 1 de mayo, el gobernador Francisco Pérez anunció que iba a presentar un anteproyecto de ley de ética médica para mejorar la relación médico-paciente y terminar con los negociados en la salud. Ayer, el documento ingresó a mesa de entradas de la Legislatura y tanto desde este ámbito como el Ejecutivo provincial adelantaron que ahora se abrirá el debate y la instancia de aportes para llegar a una normativa consensuada.

El documento tiene 29 capítulos y 223 artículos, que abordan desde los derechos de los médicos y los deberes de estos con los pacientes y con otros colegas, hasta la reproducción humana, la terminación de la vida, y la investigación y experimentación médica.

Asimismo, crea un Tribunal Ético Médico, que estará integrado por cinco profesionales de la medicina elegidos por el Ministerio de Salud. Esto, a partir de una lista de diez candidatos, cinco propuestos por los Círculos Médicos y cinco por las Facultades de Medicina. También detalla las conductas sancionables y las sanciones aplicables.

El jefe de Gabinete del Ministerio de Salud, Walter Valle, explicó que si bien asumió este cargo hace dos meses, dirige un cuerpo de asesores con vasta experiencia en temas sanitarios y que, además de este proyecto, están trabajando en otros tres (uno de ellos es el de la ley de salud pública).

El funcionario detalló que el espíritu central de la propuesta es establecer una más sana relación médico-paciente, como también fijar los derechos de médicos y pacientes, y avanzar en protocolos de investigación clínica, de intervención en el genoma humano y de tratamiento de los embriones.

Algunos de los puntos que tal vez sean objeto de controversia son los que regulan el derecho a huelga, prohíben aceptar beneficios de laboratorios y proscriben la derivación de pacientes del ámbito público al privado y viceversa.

También hay artículos que fijan parámetros para el aborto no punible y que establecen el derecho del profesional a negarse, por razones de conciencia, a aconsejar métodos de regulación de la reproducción. Otros, apuntan a la relación entre colegas y plantean por ejemplo que, si el paciente cambia de médico, el nuevo, “por confraternidad y decoro, no aceptará el reemplazo hasta tanto no se haya informado al primer profesional”.

La titular de Ampros (Asociación Mendocina de Profesionales de la Salud), Isabel del Pópolo, señaló que quiere leer el documento de modo detenido y consultar a los asesores legales, pero que en principio avanza sobre campos ya regulados por legislación vigente. Asimismo, planteó que se fundamenta en conceptos arcaicos y obsoletos, y que ante todo pretende regular la acción de los profesionales en las crisis laborales. Anunció que es muy probable que la semana próxima llamen a un encuentro amplio a todos los médicos.

Raquel Blas, de ATE (Asociación Trabajadores del Estado), coincidió en que el concepto general del proyecto no está en concordancia con planteos novedosos, que ya no hablan del médico, sino de los equipos de profesionales y no. También subrayó que no encontró un artículo que apunte a lo mencionado por el gobernador -que el objetivo era terminar con los negociados-, ya que no se prohíbe que un funcionario público sea dueño de una clínica privada, no se toman medidas para evitar los sobreprecios ni se prohíbe la tercerización de servicios.

Blas subrayó que no corresponde que se reglamente el derecho a huelga y que considera increíble que un profesional no pueda atender de modo gratuito. Por otra parte, indicó que no ha sido una propuesta consensuada y que no marca una política de Estado.

Daniel Coria, presidente del Círculo Médico, indicó que hoy se reunirán con el Ejecutivo para interiorizarse de la normativa. Aunque sostuvo que prefiere aguardar para emitir una opinión, reconoció que en un primer momento generó malestar el que la entidad no haya sido consultada para la elaboración del texto.

Sobre esto, Walter Valle comentó que la Legislatura es el espacio para que se genere un amplio debate público y añadió que, si hubieran consultado a distintas organizaciones previamente, la redacción del proyecto se hubiera demorado mucho. El jefe de Gabinete del Ministerio de Salud señaló que este texto es una plataforma de trabajo, sobre la que se pueden hacer cambios.

El diputado Luis Francisco, presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, planteó que la provincia no tiene una ley de ética médica, como sí ocurre en Córdoba, Santa Fe, Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires. Por un lado manifestó que espera que se dé participación a todos los sectores que quieran hacer aportes, pero también que su análisis no se extienda en el tiempo, como ocurrió con la ley de educación.

Regulación

Huelga. El médico puede prestar su adhesión activa a los reclamos colectivos de mejoras o defensa profesional y a las medidas que para el logro sus fines disponga la entidad gremial a que pertenezca. El médico tiene derecho a recurrir a la huelga como último recurso de reivindicación y siempre que ello no  genere daños irreparables a los pacientes sometidos a su cuidado. Una huelga médica será éticamente justificable cuando se avise a la sociedad con antelación suficiente y se asegure la asistencia a los pacientes internados y a los casos urgentes e inaplazables.

No gratuidad. Las prestaciones de servicios médicos en forma gratuita perjudican en general a los colegas y desalientan la profesión, por lo que deben limitarse a los casos de parentesco cercano, amistad íntima, asistencia entre colegas cuando el asistido o familiar no tenga recursos para afrontar los honorarios.

Laboratorios. No deberá indicar especialidades o drogas cuyos productores efectúen propaganda incompatible con la ética o de aquellos que tratan de imponerse mediante obsequios o retribuciones de cualquier clase. Está prohibido al médico en ejercicio recibir beneficios comerciales de farmacias, laboratorios, ópticas, establecimientos ortopédicos, etc.  
Público-privado. Constituye una falta grave derivar pacientes del hospital al consultorio particular, salvo razones expresamente fundadas.

En forma inversa, no está permitido tampoco derivar pacientes del consultorio al hospital para diagnósticos, exploraciones especializadas, tratamientos o análisis que estén en las posibilidades económicas o de la cobertura del paciente, salvo que no existan en la órbita privada esos recursos técnicos.

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