La legislación

La legislación

Ley Nacional de Ciudadanía 26.774 (artículo 1).

“Los argentinos que hubiesen cumplido la edad de dieciséis años gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la República”.

Constitución Provincial (artículo 50).

“El sufragio electoral es un derecho que le corresponde a todo ciudadano mayor de dieciocho años y a la vez una función política que tiene el deber de desempeñar con arreglo a esta Constitución y a la ley”.

Constitución Nacional (artículo 121).

“Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por actos especiales ... ”.

Constitución Nacional (artículo 8).

“Los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los derechos ... inherentes al título de ciudadano en las demás .... ”.

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