El caso de la nena de Guaymallén que fue violada por su padrastro, quedó embarazada, y que decidió proseguir con su embarazo, abrió una serie de interrogantes que continúan poniendo en foco la importancia de conocer lo que la ley estipula para estos casos.
También, el tipo de acompañamiento psicológico que una niña de 12 años como ella debe tener, sea cual fuere la decisión que se tome. Vale mencionar que en declaraciones radiales a Nihuil, la ministra de Salud de la provincia, Elizabeth Crescitelli, explicó que para trabajar el caso se tuvo en cuenta la ley 26.061 que indica que la opinión de la niña se tiene en cuenta y a partir de esto, se la aborda desde el programa de adolescencia, de salud mental, y desde salud reproductiva.
"Se le informó sobre lo que prevé la ley sin la intervención de un adulto, para que este no la influya. Sólo estuvieron ella y una profesional. A pesar de darle toda la información sobre la interrupción legal del embarazo, ella decidió que no va a interrumpirlo", aseguró la funcionaria provincial, agregando que su ministerio debe respetar el pleno desarrollo de los derechos de ese niño en todos los ámbitos (familiar, social, educativo y cultural).
Está dentro de la legalidad, pero no es obligatorio
Para clarificar sobre la autonomía que tiene una niña de 12 años para decidir si quiere o no continuar con un embarazo, Eleonora Lamm, doctora en derecho y subdirectora de Derechos Humanos de la Suprema Corte de Mendoza, indicó que para la Justicia, esta situación se resuelve en el ámbito médico pero que no se debe judicializar cuando el aborto es considerado legal.
"Si se llegara a dar el caso de una niña menor de 13 que quiere tomar una decisión y su madre desea lo opuesto –es decir, si la niña quiere abortar y la madre no o viceversa– esa diferencia se aborda desde el ámbito médico, logrando en ese espacio una decisión coincidente de todas las personas", informó Lamm. De todas formas, explicó que si no se logra el acuerdo es cuando interviene un juez o una jueza, que tiene en cuenta qué es lo mejor para el interés superior de la niña.
"Es un criterio flexible, amplio y subjetivamente interpretado, pero la ley ordena que sea en pos del interés superior de la niña", indicó la magistrada.
Asesoramiento
Por otra parte, aclaró qué es lo que lleva a judicializar casos como este. "Se judicializa cuando no hay coincidencia, si no, no tiene por qué judicializarse. Porque en este caso, el de una violación a una menor, el aborto es legal", dijo, subrayando que esa legalidad no lo hace obligatorio.
Por eso, a la niña de Guaymallén se le dio toda la información respecto de la continuación del embarazo. Es decir, que fue asesorada, que se le facilitaron todas las opciones, que conoce las consecuencias o que sabe cuáles son los riesgos de seguir con el proceso de gestación.
La autonomía de las decisiones
Debido a la complejidad del caso, algunos han cuestionado la capacidad de la menor para tomar la decisión de continuar con el embarazo. Al respecto, Lamm indicó que más allá de que sea menor, el Código Civil y Comercial contempla un criterio de autonomía progresiva en las personas.
"Esto significa entender que las decisiones que se van tomando en la niñez no necesariamente están sujetas a criterios de edades fijas sino que puede existir madurez suficiente para adoptar una determinada postura en distintas edades", explicó la letrada.
Por ejemplo, el Código prevé que de los 13 a los 16 años los adolescentes pueden tomar autónomamente decisiones médicas si las mismas no ponen el peligro su salud. En el caso de la mencionada niña, a partir de los 13 años podría haber decidido por sí misma la interrupción del embarazo o no, y a partir de los 16 tendría total autonomía, sin necesidad de consultar a nadie.
"Como esta niña tiene 12 años, el consentimiento que ella preste tiene que ser acompañado por el de su madre, un representante o un referente afectivo mayor de edad que la acompañe. Porque el consentimiento de ella para decidir actos médicos, por más que se tenga en cuenta su decisión, legalmente necesita de un mayor. Pero independientemente de los requisitos legales, lo primero que se valora en el ámbito médico es qué es lo que quiere esta niña", dijo Lamm.
¿Qué pasará cuando nazca el bebé?
Una vez que se produzca el nacimiento, la niña será la encargada de decidir si al bebé lo da en adopción o se queda en el ámbito familiar. Hay que tener en cuenta que para cuando esto ocurra, la niña ya será adolescente y podrá ejercer el concepto de responsabilidad parental, contemplado en el artículo 644 del Código Civil y Comercial.
El mismo indica que los progenitores adolescentes, estén o no casados, ejercen la responsabilidad sobre sus hijos pudiendo decidir y realizar por sí mismos las tareas necesarias para su cuidado, educación y salud. Pero el mismo artículo plantea que las personas que ejercen la responsabilidad parental –es decir, los padres del adolescente que tiene un hijo– pueden oponerse a la realización de actos que resulten perjudiciales para el niño, y también pueden intervenir cuando el progenitor omite realizar las acciones necesarias para preservar su adecuado desarrollo.
Para graficar esta situación se puede considerar que los abuelos pueden intervenir en las decisiones que se toman respecto del nieto, cuando el adolescente progenitor tiene consumos problemáticos o pretenden que su hijo ingrese a una secta, por citar dos ejemplos explícitos.
Por último, el código establece que el consentimiento del progenitor adolescente debe integrarse con el asentimiento de cualquiera de sus propios progenitores si se trata de actos trascendentes para la vida del niño, como la decisión libre e informada de su adopción, intervenciones quirúrgicas que ponen en peligro su vida, u otros actos que pueden lesionar gravemente sus derechos.
Una psicóloga opina que se debe hablar de “gestaciones impuestas”
Para la psicóloga Sara Gutiérrez, en casos como este se debe hablar de "gestaciones impuestas" y no de embarazo, porque estos se sostienen "a partir de un compromiso subjetivo", un deseo implícito, una búsqueda o un sostén.
"En este caso nos encontramos con niñas púberes, que aún ni siquiera están entrando a la adolescencia, sino que están tratando de rearmar la sexualidad para llegar a la adolescencia con una sexualidad que les permita tener cierta orientación o identidad, por ejemplo", dijo la especialista. Con énfasis, Gutiérrez opinó que no se debe hablar de "abuso sexual", sino de "violencia sexual", cuya consecuencia es la gestación impuesta tanto por el hombre como por su "contexto".
"Esto porque no sabemos si esta chica-niña puede elegir libremente y qué estaría eligiendo frente a algo que empieza a crecer cuando ella recién está saliendo de la infancia", detalló. En este sentido, el trabajo de los profesionales de la salud mental tiene que ver con la singularidad del caso. Es decir, si hay una demanda de la paciente, y escuchar lo que plantea.
"Se debe ver cuáles son sus necesidades, si es que puede expresarlas. También nos encontramos con realidades en las que a las criaturas les cuesta plasmar simbólicamente lo que les viene sucediendo desde pequeñitas. Por eso, el abordaje debe ser caso por caso, por lo cual hay que escucharlas, acompañarlas a las niñas y ver cuáles son sus planteos", explicó la psicóloga.
En el futuro, las pequeñas que pasan por esta situación toman realidad de lo que está ocurriendo. Según señaló la especialista, hay una idea romántica respecto de qué es un bebé, semejante a las muñecas con las que hace poco dejó de jugar. En este punto, se dan cuenta que tienen que dar de mamar, que se encuentran frente a una criatura que demanda y a la que se debe responder. Y ahí es cuando generalmente quienes terminan cumpliendo la función de madres son las abuelas o las tías. "Le pedimos un rol materno a una púber que no tiene su biología en condiciones para afrontar un embarazo", aseguró Gutiérrez.
Para finalizar, indicó que es posible que esa niña pase por estados de angustia, ansiedad y confusión que serán procesado a medida que pasa el tiempo. "El abordaje es de acompañamiento, porque a esta criatura se le corta todo lo que significa la adolescencia, salir, conocer chicos, arreglarse, ir a bailar, tener sueños amorosos, de familia. Todo eso entra en una licuadora", aventuró la psicóloga.
La causa
Gustavo Stroppiana, fiscal de Delitos Sexuales, confirmó la imputación del padrastro de la niña. El hombre, que aparentemente no tiene otras denuncias, hasta ayer seguía prófugo y es intensamente buscado por la Policía. La causa se inició el pasado 15 de enero y ahora se busca a la pareja de la madre de la niña para imputarlo y hacer las pruebas, que en este caso se limitan a un ADN, para confirmar o no si es el culpable.
Según indicaron desde el ministerio público fiscal, en este momento está cursado el pedido de captura. La carátula sería abuso sexual agravado por acceso carnal y agravado por la convivencia y ser menor de 18 años. La pena podría ser de 20 años de prisión.
En Jujuy, otra situación
A mediados de enero, se le realizó una cesárea a una niña de 12 años que cursaba ya 24 semanas de gestación. Se había optado por el aborto, lo que generó discusiones por el embarazo avanzado.
La niña fue abusada, presuntamente, por un vecino de 58 años, quien quedó imputado por abuso sexual con acceso carnal. Finalmente, la bebé falleció días después.