A partir del 1 de enero de 2020 la Revisión Técnica será obligatoria para todos los vehículos automotores, acoplados y semiacoplados mendocinos, según la resolución n°106 de la Secretaría de Servicios Públicos que salió publicada hoy en el Boletín Oficial.
Desde la cartera aseguraron que la medida es para evitar accidentes y muertes en el territorio provincial. Además, se busca promover la seguridad vial, la fluidez del tránsito, preservar el patrimonio vial y vehicular, disminuir la contaminación del medio ambiente y promover la incorporación de vehículos con tecnologías de energías alternativas.
La Revisión Técnica Obligatoria incluirá el control de:
- sistema de frenado
- sistema de dirección
- sistema de suspensión
- sistema de transmisión
- sistema de rodamiento
- sistema de iluminación
- nivel de intensidad sonora, silenciador y sistema de escape
- emisión de contaminantes, gases de escape, pérdidas de fluidos
- identificación del vehículo, numeración de motor, carrocería, chasis, chapa patente (concordancia con la documentación, ubicación reglamentaria, legibilidad)
- estado general del vehículo y carrocería, elementos salientes o cortantes, deterioros, guardabarros, paragolpes, defensas reglamentarias, altura, puertas, capot y baúl.
- parabrisas, luneta y cristales laterales
- limpiaparabrisas
- espejos retrovisores
- dispositivos del sistema de instrumental y registro de las operaciones
- accesorios de seguridad y elementos para emergencia tales como cinturones de seguridad, apoya cabeza, extintores o matafuegos, balizas triángulo reflectante, chaleco refractario y botiquín de primeros auxilios.
Las revisiones se deberán realizar solamente en los "Centros de Revisión Técnica Obligatoria" habilitados conforme las disposiciones legales.
En cuanto a la frecuencia, los vehículos de 2 y 3 ruedas 0KM tendrán un plazo de gracia de 24 meses a partir de su fecha de patentamiento original, después de esa fecha la vigencia será de 12 meses.
Los autos de 4 ruedas 0KM tendrán un plazo de gracia de 36 meses a partir de su fecha de patentamiento original y después la vigencia será de 12 meses.
Los transportes de carga 0KM tendrán un plazo de gracia de 12 meses a partir de su fecha de patentamiento original, y después la vigencia será de un año.
En tanto, los acoplados y semiacoplados 0KM que se incorporen al parque automotor tendrán un año a partir de su fecha de patentamiento original,para realizar su primera Revisión Técnica Obligatoria y después tendrán que hacerla cada 12 meses.