La Revisión Técnica de vehículos será obligatoria y anual en Mendoza

Los autos 0KM tendrán 36 meses de gracia, después de esa fecha se deberá hacer una vez al año.

La Revisión Técnica de vehículos será obligatoria y anual en Mendoza
La Revisión Técnica de vehículos será obligatoria y anual en Mendoza

A partir del 1 de enero de 2020 la Revisión Técnica será obligatoria para todos los vehículos automotores, acoplados y semiacoplados mendocinos, según la resolución n°106 de la Secretaría de Servicios Públicos que salió publicada hoy en el Boletín Oficial.

Desde la cartera aseguraron que la medida es para evitar accidentes y muertes en el territorio provincial. Además, se busca promover la seguridad vial, la fluidez del tránsito, preservar el patrimonio vial y vehicular, disminuir la contaminación del medio ambiente y promover la incorporación de vehículos con tecnologías de energías alternativas.

La Revisión Técnica Obligatoria incluirá el control de:

- sistema de frenado

- sistema de dirección

- sistema de suspensión

- sistema de transmisión

- sistema de rodamiento

- sistema de iluminación

- nivel de intensidad sonora, silenciador y sistema de escape

- emisión de contaminantes, gases de escape, pérdidas de fluidos

- identificación del vehículo, numeración de motor, carrocería, chasis, chapa patente (concordancia con la documentación, ubicación reglamentaria, legibilidad)

- estado general del vehículo y carrocería, elementos salientes o cortantes, deterioros, guardabarros, paragolpes, defensas reglamentarias, altura, puertas, capot y baúl.
- parabrisas, luneta y cristales laterales

- limpiaparabrisas

- espejos retrovisores

- dispositivos del sistema de instrumental y registro de las operaciones

- accesorios de seguridad y elementos para emergencia tales como cinturones de seguridad, apoya cabeza, extintores o matafuegos, balizas triángulo reflectante, chaleco refractario y botiquín de primeros auxilios.


Las revisiones se deberán realizar solamente en los "Centros de Revisión Técnica Obligatoria" habilitados conforme las disposiciones legales.

En cuanto a la frecuencia, los vehículos de 2 y 3 ruedas 0KM tendrán un plazo de gracia de 24 meses a partir de su fecha de patentamiento original, después de esa fecha la vigencia será de 12 meses.

Los autos de 4 ruedas 0KM tendrán un plazo de gracia de 36 meses a partir de su fecha de patentamiento original y después la vigencia será de 12 meses.

Los transportes de carga 0KM tendrán un plazo de gracia de 12 meses a partir de su fecha de patentamiento original, y después la vigencia será de un año.

En tanto, los acoplados y semiacoplados 0KM que se incorporen al parque automotor tendrán un año a partir de su fecha de patentamiento original,para realizar su primera Revisión Técnica Obligatoria y después tendrán que hacerla cada 12 meses.

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