La reforma de la Constitución demorará al menos dos años

El proyecto que el Gobernador anunció el viernes aún no está redactado. Tras pasar por la Legislatura, habrá que hacer dos elecciones más.

La reforma de la Constitución demorará al menos dos años
La reforma de la Constitución demorará al menos dos años

El viernes, en el discurso ante la Asamblea Legislativa, Rodolfo Suárez cumplió con una promesa de campaña y anunció que impulsará una reforma de la Constitución Provincial con el objetivo de "bajar el costo de la política". Por eso, propone pasar de una Legislatura bicameral a una unicameral y eliminar las elecciones legislativas intermedias.

Aunque todavía no está escrito el proyecto ni mucho menos una fecha de envío a la Legislatura, desde el Ejecutivo repiten que redactarán el texto con aportes de todos los sectores porque se trata de "un gobierno de diálogo".

Suárez y después su ministro de Gobierno, Víctor Ibañez (quien tiene a cargo la iniciativa) remarcaron que el proyecto de reforma no incluirá la reelección del gobernador. Sí la eliminación de las elecciones de medio término (que renuevan la mitad de las Cámaras legislativas y Concejos Deliberantes), el régimen de las autonomías municipales, los derechos de segunda, tercera y cuarta generación, el voto voluntario para los jóvenes de 16 años y la consagración de la igualdad de oportunidades entre el hombre y la mujer en el ámbito público.

Pero para que todo esto se concrete se necesita, además de consenso político, todo un proceso de pasos legales que incluyen el voto de la ciudadanía. Por lo que recién en dos años, por lo menos Mendoza podría tener una nueva Carta Magna.

Cómo es el proceso

La Constitución de Mendoza se sancionó en 1854 y sufrió varias modificaciones hasta llegar al texto de 1916, que es el que está vigente hoy. A lo largo de estos 104 años se le han hecho enmiendas a algunos artículos pero no ha tenido cambios profundos.

Y desde el regreso democrático en 1983, la mayoría de los gobernadores intentaron la reforma integral pero siempre fracasaron. Quienes más lejos llegaron son Bordón (1989, tras un proceso iniciado por Llaver) e Iglesias (2001), pero a ambos los frenó el fallo Kemelmajer que exige que una mayoría de electores (y no de votantes) apruebe la reforma. Ese fallo fue dado vuelta el año pasado con la enmienda que limitó las reelecciones de los intendentes y que abrió la puerta al proceso que quiere impulsar Suárez.

El mecanismo de reforma está previsto en la Constitución en la Sección X, en el Capítulo único de la reforma, entre los artículos 219 y 224. Allí se establecen dos forma de modificar el texto: total o parcial, y por artículo. La de Suárez sería una reforma parcial para la cual es necesaria la convocatoria a una Convención Constituyente.

El primer paso es declarar la necesidad de la reforma, que puede ser promovida desde Diputados, el Senado o el Ejecutivo. Esa ley debe sancionarse con dos tercios de los miembros de ambas Cámaras y el Gobernador no la puede vetar.

"El proyecto establece los temas que se habilitan a tratar, no tiene los artículos redactados. Y lo tienen que aprobar ambas cámaras con dos tercios de los miembros sin importar los presentes. Es decir, se necesitan 32 votos en Diputados y 26 en el Senado", señaló el presidente provisional del Senado, Juan Carlos Jaliff.

Después se debe consultar al pueblo a través de un referéndum y los ciudadanos votarán a favor o en contra de la reforma en la próxima elección de diputados. Si todo se desarrolla según los planes de Suárez, los mendocinos votarían por el Sí o por el No en los comicios del 2021.

Y en este punto se abre la puerta de la incertidumbre temporal. Si las elecciones se mantienen junto a las nacionales, las primarias serán en agosto y las generales en octubre, pero el gobernador tiene la potestad de desdoblar y adelantar los comicios; en ese caso las PASO serían en junio y las generales en setiembre.

Si gana el Sí, el gobernador puede llamar inmediatamente a la elección de constituyentes. "Hay que tener en cuenta que se trata de una elección en la que se deben presentar plataformas y listas. También la ley establece primarias y generales", explicó la constitucionalista Gabriela Ábalos.

Se deben eligir 86 convencionales constituyentes. Ese número responde a los 38 diputados y a los 48 senadores de la Legislatura.

Cada partido puede presentar una sola lista integrada por 28 convencionales del 1° distrito, 22 del 2°, 18 por el 3° y 18 por el 4°. "Para armar la convención se utiliza el sistema D'Hondt", indicó Jaliff.

Volviendo a los tiempos, si la elección de convencionales constituyentes se organiza para los últimos meses de 2021, es muy probable que al año siguiente esté trabajando a pleno porque debe constituirse a los 10 días.

"La Convención Constituyente dispone por sí misma. Aprueba su reglamento interno, establece las mayorías, da publicidad de sus actos de gobierno, crea comisiones y designa autoridades, trabaja en plenario y emite dictámenes. Funciona de manera similar a cualquier órgano legislativo", agregó Ábalos.

Aunque la ley establece un plazo máximo de un año para que la Convención trabaje en el texto de la reforma, hay proyectos de necesidad de reforma que han puesto un período de hasta tres meses. Por ejemplo, los constituyentes de 1994 trabajaron durante 90 días en la redacción de la Constitución Nacional. 

Por último el Gobernador debe promulgar la reforma e incorporar el texto a la Constitución Provincial. Como se espera que sea una reforma parcial amplia en que la que se eliminarán títulos casi por completo, como lo referido al Senado, los procedimientos de juicio político y las disposiciones de ambas Cámaras, está previsto que Suárez pueda autorizar la reenumeración de los artículos de la Carta Magna reformada antes de dejar el cargo a fines de 2023.

Tanto Jaiff como Ábalos coinciden en que si se cumplen los plazos establecidos, la reforma de la Constitución estará terminada en 2022 y alcanzará plena vigencia en las elecciones de 2023.

"El impacto electoral se vería n 2023. Implicaría un nuevo Poder Legislativo y posibles reelecciones en los Ejecutivos", dijo la jueza especializada en Derecho Constitucional.

Y sobre el tema de la reelección, aclaró: "No es cuestión de plantear la no reelección y nada más. Hay otras salidas. Por ejemplo se pueden limitar a una sola reelección los cargos ejecutivos provincial y municipales, los legislativos provinciales y municipales, y limitar los cargos de la Suprema Corte a 15 años. Así se garantiza la renovación de todos los cargos en los tres poderes".

Paso a paso

2020 
- Suárez envía el proyecto de necesidad de reforma a la Legislatura
- Ambas cámaras deben aprobar la inciativa con dos tercios de los miembros.

2021 
- En las elecciones de dipu.tados se vota el referéndum por Sí o por No
- Si se desdoblan las legislativas, a fin de año serían las PASO y generales de convencionales constituyentes.

2022 
- Conformación de la Convención Constituyente, plazo de un año para trabajar.
- Promulgación de la reforma constitucional.

2023 
- Elecciones del nuevo Poder Legislativo y posibles reelecciones.

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