Para los próximos festejos por Nochebuena y Navidad, el Ministerio de Seguridad organizó un importante operativo vial donde se reforzarán los controles en rutas y en los principales accesos a la provincia, con rigurosos exámenes de alcoholemia.
Las maniobras comenzaron en la noche del viernes y se extenderán hasta la tarde el día 25. Contarán con la colaboración y el apoyo del personal de los municipios.
En total, la cartera de Seguridad ha afectado a unos 190 efectivos policiales distribuidos en 90 puestos operativos, entre fijos y móviles, en toda la provincia.
Además, en los controles estarán abocados 22 móviles, 45 motos y 41 alcoholímetros de Policía Vial.
Multas por conducir alcoholizado
Las autoridades del Ministerio de Seguridad recuerdan a la población los nuevos valores de las multas desde que comenzó a regir el endurecimiento de las penas a conductores que manejen alcoholizados.
Las multas establecen sanciones que incluyen desde arresto de hasta 30 días, retención del vehículo, inhabilitación de la licencia de conducir y el pago de $36.000 a $108.000 mil pesos dependiendo de la graduación alcohólica.
De 0,2 en el caso de bicicletas con o sin motor, motocicletas y o ciclomotores y de 0,5 en el caso de automóviles a 0,99 gramos de alcohol en sangre, las sanciones son solamente viales y las determina el juez de tránsito y cuyas penas son: la inhabilitación para conducir por entre 30 y 180 días, multas entre $36.000 y $72.000 (entre 3000 a 6000 unidades fijas) y licencia de conducir.
Por otro lado, con más de 1 gramo de alcohol en sangre, la falta pasa a la órbita contravencional y establece multa de 4 mil a 9 mil Unidades Fijas (de 48 mil pesos a 108 mil pesos), inhabilitación para conducir vehículos desde 90 a 365 días, retención del rodado y arresto de hasta 30 días.
Valores de alcohol permitidos
La Ley de Seguridad del Tránsito 9024 establece que los conductores de bicicletas con o sin motor, motocicletas y o ciclomotores tienen prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre, debido a la vulnerabilidad del rodado y de quién lo conduce.
Mientras que para automóviles el alcohol en el conductor no debe superar los 500 miligramos por litro en sangre.
Por otro lado para quienes conduzcan vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga, la norma dispone que deban conducir con tasa de alcoholemia de cero gramos por litro en sangre.