Es el punto más complejo en la discusión sobre el desarrollo de la minería: cómo se controlará a las empresas para que no contaminen y no se destruya el recurso natural, dado que está permitido, ahora, el uso de cianuro y ácido sulfúrico para la obtención de concentrados o metales.
La nueva legislación minera contempla, por un lado, la creación de la Policía Ambiental, que dependerá de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial hoy bajo la órbita de Humberto Mingorance. Por el otro, un sistema similar a Buho, gestión que se utiliza para Hidrocarburos.
Eduardo Sosa, licenciado en Gestión Ambiental y ex jefe de Gabinete de la cartera ambiental de la provincia, manifestó que los controles "dependen de la voluntad política" porque "hay muchas empresas como bodegas, conserveras y de petróleo que se niegan a ser controladas". Según ejemplificó, Irrigación en algunas oportunidades ha tenido que ingresar con la Policía".
Quiénes controlarán
De acuerdo a la ley 7.722 ya modificada, se designa como autoridad de aplicación a la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial y ésta debe crear la Policía Ambiental, quien deberá informar de todas las actividades a la Comisión Bicameral de Contralor Ambiental en toda la provincia.
La Policía Ambiental deberá estar dotada de recursos suficientes y una organización regionalizada, con presencia en todo el territorio provincial en donde se desarrollen las actividades a ser controladas.
“Si (los controles) están a cargo de la secretaría sería lo adecuado, pero no en este contexto en donde trabaja para el sector empresarial. Descreo que esos controles se realicen como se debe porque la Policía Ambiental se creó con la 7.722 (de 2007) y nunca se implementó”, indicó Sosa.
Según argumenta el ex funcionario, "la secretaría ha perdido partidas" del presupuesto.
“En la época de (Francisco) ‘Paco’ Pérez, llegó a tener casi 1% del presupuesto provincial. Después ha bajado al con 0,49 y este ultimo año, en 2018, subió a 0,60%”, indicó.
Sosa también hizo referencia a la participación ciudadana en el control ambiental de las actividades mineras que la ley reglamenta para que se haga a través de la red de Vigilancia Ambiental, prevista en el artículo 34 del decreto provincial 820/06 u otras que se conformen, incluyendo a tales efectos a las organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos. Recordó el decreto 1939/96, art. 22, que constituía una red de defensa de los recursos naturales y de las áreas protegidas con la participación de Gendarmería Nacional, la Policía de Mendoza, el cuerpo de guardaparques provinciales, los municipios y las organizaciones no gubernamentales, quienes serán invitadas a tal efecto.
"Si bien tiene una composición algo distinta que la del decreto 820/06, el espíritu es el mismo. Nunca se constituyó ni reglamentó", afirmó.
En lo que refiere a la preservación y uso del agua, el Departamento General de Irrigación deberá ejercer el control específico y seguimiento de cada uno de los emprendimientos mineros de la provincia, en todas y cada una de sus etapas.
Consultado sobre la eficiencia de que la sociedad, ONG y comunidades participen de los controles, como a priori pareciera ser una alternativa que dote de prestigio a estos, Sosa se mostró reacio. "Las experiencias que han habido no han dado los resultados esperados. El dato es dato duro, y la interpretación de los datos es lo que genera conflicto. Hay que poner muy claras las reglas del juego", insistió.
A modo de reforzar los controles y generar confianza en la sociedad, el Gobierno establece en el artículo 10 de la ley modificada que contratará, para proyectos metalíferos de mediana y gran escala, a auditorías internacionales de probada experiencia. Éstas deberán hacer un pormenorizado informe del estado de las explotaciones mineras, cumplimiento de las normas ambientales, condiciones de seguridad, existencia de incidentes ambientales y eventuales alcances y toda otra información que requieran los controles establecidos en la legislación.
El Ianigla cuestiona
Trabajadores de Ciencia y Técnica que integran el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla-Conicet Mendoza) criticaron duramente la reforma de la ley a través de un comunicado.
Entre los argumentos, exponen la crisis hídrica por la que atraviesa la provincia, además de la disminución de la superficie de glaciares “en promedio, más de 8 metros de espesor de hielo (es decir, casi la altura de un edificio de tres pisos) durante el período 2009-2017, impactando seriamente las reservas hídricas estratégicas en nuestra cordillera”.
Mariano Masiokas, investigador del Ianigla, recordó datos ya publicados por Los Andes: "En el río Mendoza, estos últimos diez años son los más secos desde 110 años atrás, es la década más seca de los últimos 60 años. Los glaciares están perdiendo hielo por la poquísima acumulación de nieve; la pérdida de hielo es más acelerada que en la década anterior".
Por la escasa acumulación nívea, hay menos agua para consumo, el aporte a los caudales de los ríos sale sólo del derretimiento de los glaciares. Por esta razón, Masiokas sostiene que es necesario cuidar los lugares donde hay acumulación nívea.