La ley de tu lado: ¿a quienes beneficia la prórroga de la moratoria previsional?

El total de beneficiarios del Anses suman 5,7 millones, de los cuales 2,2 son beneficiarios con aportes.

La ley de tu lado: ¿a quienes beneficia la prórroga de la moratoria previsional?
La ley de tu lado: ¿a quienes beneficia la prórroga de la moratoria previsional?

El pasado 26 de junio la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) informó que se extenderá la moratoria previsional regulada por la ley 26.970 que comprende a mujeres que cumplan 60 años y que, sin tener aun los 65 años edad, no reúnan los aportes requeridos para acceder a la jubilación.

La prórroga es por tres años y su vencimiento es en julio de 2022 como lo establece la resolución 158/2019 publicada en el Boletín Oficial el 27 de junio.

El régimen regulado en la Ley 26.970 fue creado en el año 2014 y preveía la vigencia por 2 años, por lo que originalmente dicha moratoria vencía el 18 de septiembre de 2016. En ese momento fue prorrogada hasta este año con fecha de vencimiento el 23 de julio. Ahora se estableció una nueva prórroga por tres años más. Al extenderse permite el acceso a los beneficios de la moratoria a aquellas mujeres que cumplan los 60 años durante su vigencia, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.

Son numerosos los casos en que las personas que llegan a la edad jubilatoria – mujeres 60 años y hombres 65 años – no tienen los 30 años de aportes necesarios. Esto se debe a múltiples factores, ya sea porque fueron trabajadores informales, o "en negro", o porque sus empleadores no hicieron los aportes como debían, entre otros.

Desde hace algunos años las moratorias resuelven los problemas de falta de aportes de quienes quieren jubilarse a través de un mecanismo mediante el cual los solicitantes declaran una actividad laboral autónoma en aquellos períodos de su vida donde no trabajó o no tiene aportes en blanco y le permiten pagar ahora los aportes de dichos períodos.

Ley 26.970 establece claramente que se podrán comprar períodos desde que la mujer cumplió 18 años hasta diciembre de 2003 y regularizar la deuda de aportes que se genere mediante un plan de moratoria. Se les da la opción de cancelar su deuda de contado o en un plan de hasta 60 cuotas —que se actualizan trimestralmente por el índice de movilidad—para obtener el beneficio jubilatorio. En caso de optar por el pago de la moratoria en cuotas la ANSeS le descontará esos aportes restándolos del monto mensual de su jubilación. Ello luego de una evaluación socioeconómica que se realiza entre la ANSeS y la AFIP. 

Sin embargo, para aquellas mujeres que no tienen aportes, la moratoria no alcanza para que accedan al beneficio. Deben registrar aportes posteriores a 12/2003. Asimismo los aportes faltantes pueden compensarse con años de exceso de edad, a razón de dos por uno.

El tiempo faltante para llegar a 30 años, no cubierto por la moratoria, deberá ser cubierto con aportes efectivos efectuados con posterioridad a diciembre de 2003 o en su defecto deberán efectuar el aporte mes a mes inscribiéndose como monotributistas.

En el caso de los hombres a partir del 19 de septiembre del año 2016 ya no pueden acogerse a la Ley 26.970 que les permitía completar aportes hasta diciembre de 2003.

Les queda la posibilidad de utilizar la Ley 24.476 que permite comprar aportes desde sus 18 años de edad y sólo hasta setiembre de 1993, si es que superan la evaluación socio-económica de la ANSeS y AFIP.

Por otro lado, tanto hombres como mujeres sin aportes y que no cumplan los requisitos necesarios para acceder a una moratoria, tienen como opción para acceder a un beneficio previsional la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Esta pensión rige a partir de los 65 años para ambos sexos sin necesidad de ningún tipo de aportes, habilitando a la percepción de un beneficio del 80% del haber mínimo. Es importante aclarar que esta prestación no genera derecho a pensión y que para recibir esta pensión se requiere no percibir ningún otro tipo de prestación previsional y superar la evaluación socioeconómica.

¿Qué es la evaluación socioeconómica? 

La evaluación socioeconómica remite a parámetros objetivos establecidos en el Régimen de Asignaciones familiares de la Ley 24.714. Concretamente, para sortear el análisis en cuestión y ser merecedor de la inclusión en alguna de las moratorias previsionales, habrá que demostrar ingresos inferiores a 53.829 pesos (que es el valor máximo de ingresos que habilita el cobro de asignaciones familiares). Además habrá que demostrar que posee inmuebles con valuación inferior a 2.583.792 pesos, automóviles con valuación inferior a 968.922 pesos, gastos y consumos anuales con tarjeta de crédito/debito inferiores a 839.732 pesos; y no tener aeronaves o determinadas embarcaciones (valores vigentes a julio de 2019).

Por último ¿qué impacto tienen los regímenes de moratoria en el sistema previsional Argentino? Conforme a datos estadísticos emitidos por el Instituto para el Desarrollo Social Argentino (IDESA), podemos ver con claridad que representan casi un cincuenta por ciento del total de los beneficios otorgados. 

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