La Justicia prohíbe subas de tarifas de gas en Mendoza

La jueza federal Olga Arrabal admitió el ajuste aplicado por Ecogas en abril, pero acogió al amparo que pedía rechazar los incrementos a los del 1 de junio y 1 de agosto.

La Justicia prohíbe subas de tarifas de gas en Mendoza
La Justicia prohíbe subas de tarifas de gas en Mendoza

En los platillos de la balanza había argumentos cruzados: de consumidores sobre la afectación al bolsillo y la imposibilidad de ahorrar en invierno, y de la Distribuidora de Gas Cuyana acerca de la necesidad de ajustar tarifas para sostener el servicio, incluso con apelación de por medio.

Finalmente ayer la aguja se movió a favor de los usuarios mendocinos, en virtud de un fallo de la jueza federal Olga Arrabal de Canals, que dejó firme una acción de amparo interpuesta por la asociación Protectora a fines de abril, aunque no del todo perjudicial para Ecogas: la sentencia prohíbe modificar cuadros tarifarios con un segundo y tercer tramo de ajuste previstos, al 1 de junio y 1 de agosto, pero autoriza a la empresa a mantener las tarifas con el primer alza, del 1 de abril.

La medida, emitida al cabo de un proceso de más de dos meses desde que se interpuso la cautelar, beneficia a los más de 500 mil clientes de Ecogas en el Gran Mendoza con una “suspensión parcial” de los cuadros tarifarios. De ese modo, no podrán reclamar devolución alguna por las facturas pagadas por el período abril-mayo, pero sí que la empresa les refacture o bonifique sus consumos en curso y evite modificar nuevamente los cargos fijos y variables desde agosto.

“Suspender parcialmente la aplicación de la Resolución 226/2014 de la Secretaría de Energía y la 2847 de Enargas, autorizando su ejecución sólo respecto del incremento previsto para el primer bimestre de 2014 (abril-mayo), y suspendiendo su aplicación a los bimestres posteriores”, resolvió la magistrada al filo del mediodía del viernes 27, al cabo de un proceso de más de 2 meses.

Por ende, el dictamen ordena a Distribuidora de Gas Cuyana SA “se abstenga de efectuar cortes de suministro motivados en la falta de pago de importes correspondientes al primer aumento, que se autoriza por la presente”.

Según Mario Vadillo, de Protectora, “la jueza interpretó que el primer tramo fue facturado y cobrado por Ecogas en muchos casos, razón por la cual previamente habíamos advertido que había que cancelar las facturas correspondientes. Pero lo importante es que, tal como sucedió con la cautelar que frenó el cobro del cargo tarifario por importación, se puede reclamar si algún usuario pagó la factura del bimestre en curso con aumento incluido”.

Por su parte, al conocerse la novedad los directivos de Distribuidora de Gas Cuyana se mostraron medidos, pero no descartaban seguir con la guardia en alto.

“Ecogas no ha sido notificada de una cautelar suspensiva de los cuadros vigentes. En tal caso, habrá que ajustarse al tenor de la medida judicial dispuesta, sin perjuicio de las impugnaciones que pudieran corresponder”, aseguró Leonardo Massimino, director de Asuntos Legales e Institucionales y Recursos Humanos de la empresa.

Diferencias con el Sur

Asimismo, el fallo de la jueza Arrabal de Canals insta a la asociación de consumidores accionante a “informar y guiar a los usuarios de Mendoza en la instrumentación de los reclamos administrativos necesarios” para lograr la exención admitida. Pero en sus fundamentos, difiere parcialmente del de su par Puigdéndolas, subrogante del Juzgado Federal de San Rafael, emitido justamente el día anterior, jueves 26.

Es que mientras Arrabal intenta una decisión salomónica (favorece a los usuarios, sin dejar con las manos vacías a la concesionaria del servicio), el criterio de Puigdéndolas se despega en dos aspectos: le dice que no a la totalidad de los ajustes autorizados por la Nación a Ecogas (1 de abril, 1 de mayo y 1 de agosto), y además reconoce el efecto de la cautelar por tiempo indefinido.

De hecho, la sentencia de Arrabal le otorga un plazo de vigencia inicial de 120 días al amparo, aunque la demandante (Protectora) puede solicitar una prórroga, o bien que se resuelva definitivamente.

Al respecto, Vadillo adelantó que “oportunamente se apelará por la inclusión del primer tramo del ajuste (al 1 de abril), para que se equipare con la jurisprudencia que rige para la jurisdicción de San Rafael y General Alvear”.

Como sea, por ahora representa un alivio para varios usuarios del Gran Mendoza que vieron cómo se abultaban los montos en sus facturas de un bimestre a otro. Como Valeria M., vecina de Chacras, que de pagar $ 300 por el bimestre anterior en el último mes recibió en su domicilio un importe superior a $ 1.000.

Ecogas y los reintegros

El alcance de la disposición de la Justicia que realmente importa a los usuarios se mide en el bolsillo. Implica dejar de pagar incrementos en cargos variables ($ por metro cúbico consumido) que, a partir de la tarifa actualizada al 1 de abril y según la categoría de consumo, hubiera significado desembolsar entre 50% más y hasta más del 100% por unidad, si se completaban los 3 ajustes escalonados en agosto.

Puesto en números concretos, y sobre la base de un ahorro interanual (bimestre contra igual período de 2013) de entre 5% y 20%, significa retrotraer el cargo por metro cúbico a los valores de abril, con lo cual debería refacturar los consumos de junio-julio y devolver hasta $ 0,22 según la categoría.

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