La justicia de Mendoza le ordenó al Arzobispado evitar el traslado del sacerdote Daniel Alberto Sardá mientras dure la investigación por abuso sexual en su contra. La victima lo demandó civilmente por los daños psicológicos y morales derivados de los abusos".
Los hechos habrían tenido lugar hace 22 años en Palmira donde la víctima afirma que fue abusada siendo menor de edad. Debido a su educación religiosa y al pedido de un familiar nunca hizo la denuncia.
Sin embargo el año pasado, cuando la mujer creía haber dejado atrás ese traumático capítulo de su vida, volvió a encontrarse con el supuesto abusador en Las Heras.
La mujer, que ahora es docente, se cruzó con Sardá en las inmediaciones de la escuela donde trabaja y revivió todos sus traumas de la infancia.
Después de ese primer encuentro, el sacerdote empezó a frecuentar los lugares donde la docente solía estar cuando iba a la escuela por lo que decidió pedir asesoramiento legal.
Demanda Civil
La mujer se puso en contacto con la abogada Carolina Jacky y el abogado Carlos Lombardi para llevar su caso ante la Justicia.
"Las víctimas de abuso sexual tienen la facultad de hacer una denuncia penal o una demanda civil por los daños generados por dichos abusos. En este caso dado el tiempo qué pasó y sumado a que hay que esperar el tiempo de la víctima, con Jacky sugerimos la demanda civil", explicó a Los Andes el abogado Carlos Lombardi.
El letrado se refiere a la ley 27.206 de Respeto al Tiempo de las Víctimas, esta ley introdujo una modificación en el Código Penal al ampliar los plazos de prescripción para los delitos contra la integridad sexual y delitos de trata cuando la víctima sea menor de edad, independientemente del tiempo transcurrido entre el delito y su denuncia.
Así decidieron llevar adelante una demanda es por daños derivados de violencia de género enmarcado dentro de la ley 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Se trata de un proceso que es menos invasivo para con la víctima. Además, contempla un resarcimiento económico por "los daños psicológicos y morales derivados de los abusos".
"Cuando un abogado presenta la demanda además puede pedir una medida de protección puede ser, por ejemplo, un embargo. En este caso pedimos que se prohíba el traslado del cura a otra iglesia y que se le prohíba acercarse a la mujer", explicó Lombardi.
A través de este pedido la defensa intenta evitar que el demandado sea enviado a otra ciudad o incluso a otro país como ha ocurrido en otros casos contra la Iglesia y a modo de ejemplo citó el caso Provolo.
La jueza civil y comercial María Eugenia Ibazeta, a cargo del juzgado número 3 de Mendoza, aceptó el pedido y pidió al arzobispado que "proceda a evitar el traslado del sacerdote Daniel Alberto Sardá fuera del radio de este tribunal mientras dure la presente causa".
La respuesta del arzobispado
Este jueves, tras haber sido notificado sobre la medida ordenada por la jueza, el arzobispado emitió un comunicado donde expresaron que los términos de la denuncia les resultaba desconocidos porque nunca fuimos notificados de demanda alguna.
"Sorprende la liviandad ética y jurídica con la que los abogados patrocinantes de la causa hacen apariciones mediáticas, avaladas por la notoria y desprolija actividad del tribunal en cuestión, con severas y graves fallas de constitucionalidad en su obrar, toda vez que hay una causa judicial cuyos demandados no conocen en absoluto los términos de lo reclamado", manifestaron.
Respecto a este punto el abogado Lombardi explicó que aunque la notificación todavía no había sido entregada, la Iglesia está en conocimiento que la orden para evitar el traslado de Sardá se había originado en una demanda.
Cabe destacar aunque fue presentada a principios de marzo, la causa recién se activó en la última semana cuando comenzó a funcionar otra vez el poder judicial de Mendoza, tras la suspensión por la cuarentena.
"Saben que hay una medida de protección producto de una demanda que se presentó en marzo de este año. Ya les va a llegar", concluyó.