La Cámara de Casación Penal Federal absolvió y dispuso que se anule la sentencia contra los sindicalistas mendocinos Raquel Blas (CTA Autónoma) y Roberto Macho (ATE), quienes habían sido condenados por la justicia federal local por cortar el acceso al aeropuerto internacional Francisco Gabrielli, en diciembre de 2014.
Entre los fundamentos de la nueva sentencia se explica que la condena a los sindicalistas mendocinos debe ser anulada porque no se puede prohibir la libertad de reunión, la libertad de expresión y el derecho a peticionar a las autoridades gubernamentales.
"El fallo si bien no es el primero de este tipo muestra un enfoque distinto a los que tuvieron las autoridades nacionales y provinciales, en relación a criminalizar las protestas sociales", explicó el abogado defensor de Macho, el abogado Oscar Mellado.
Mellado e Ignacio Segura -defensor de Blas- discutieron el fallo del Juez Marcelo Garnica y llevaron en asunto a la Cámara de Casación penal que ahora dio vuelta la sentencia del juez mendocino.
El juez Marcelo Garnica, en agosto de 2018, los encontró culpables de "entorpecimiento de la libertad de tránsito", es decir, por haber incumplido el artículo 194 del Código Penal. Por esa razón sentenció a Macho a 3 meses y 15 días de prisión en suspenso, y a Blas, a 3 meses de encierro, también en suspenso.
La diferencia en la sentencia se debió a que el secretario general de ATE, Macho, estuvo los dos días participando en el corte que se hizo, a raíz de una asamblea del personal del Iscamen, el 22 y 23 de diciembre de 2014. En tanto que Blas, que en ese tiempo era secretaria general de ATE, sólo participó en la protesta, el día 23.
La sentencia absolutoria de los sindicalista locales podría ser visto de forma polémica, no sólo en relación al hecho, sino a las distintas posiciones que toma la Justicia Federal, ante el último cambio del Ejecutivo Nacional.