La Justicia absolvió a Blas y Macho por cortar el acceso al aeropuerto

La Cámara de Casación Penal Federal entiende que la condena vulnera el derecho de peticionar a las autoridades.

La Justicia absolvió a Blas y Macho por cortar el acceso al aeropuerto
La Justicia absolvió a Blas y Macho por cortar el acceso al aeropuerto

La Cámara de Casación Penal Federal absolvió y dispuso que se anule la sentencia contra los sindicalistas mendocinos Raquel Blas (CTA Autónoma) y Roberto Macho (ATE), quienes habían sido condenados por la Justicia Federal local  por cortar el acceso al aeropuerto internacional Francisco Gabrielli, en diciembre de 2014.

Entre los fundamentos de la nueva sentencia se explica que la condena a los sindicalistas debe ser anulada porque no se puede prohibir la libertad de reunión, la libertad de expresión y el derecho de peticionar a las autoridades gubernamentales.

"Resulta cuanto menos preocupante el empeño por ampliar el ámbito que históricamente se ha asignado al tipo previsto en el art. 194 CP, con el propósito de restringir la libertad sindical y, consecuentemente, las libertades de reunión, expresión y petición de las y los trabajadores organizados en contra de la precarización laboral, en cuanto ello constituye un resguardo esencial de nuestro sistema democrático", sostuvieron los camaristas Ángela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar.

El artículo citado por los jueces dice: "El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años".

Según los jueces, el juez mendocino Marcelo Garnica forzó la elevación a juicio a pesar del sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, de sobreseerlos. Además consideran que el fallo fue desproporcionado porque la protesta fue pacífica, no causó lesiones y se organizó de tal manera que no se impidió el paso de pasajeros ni de vehículos.

Un enfoque distinto

Según Oscar Mellado, abogado defensor de Macho, "el fallo si bien no es el primero de este tipo, muestra un enfoque distinto a los que tuvieron las autoridades nacionales y provinciales, en relación a criminalizar las protestas".

Mellado e Ignacio Segura -defensor de Blas- discutieron el fallo del juez Garnica y llevaron el asunto a la Cámara de Casación penal, que ahora dio vuelta la sentencia del juez mendocino.

Garnica, en agosto de 2018, los encontró culpables de "entorpecimiento de la libertad de tránsito" y condenó a Macho a 3 meses y 15 días de prisión en suspenso; y a Blas, a 3 meses de encierro, también en suspenso.

La diferencia en la sentencia se debió  a que  el secretario general de ATE, Macho estuvo los dos días participando en el corte que se hizo a raíz de una asamblea del personal del Iscamen, el 22 y 23 de diciembre de 2014. En tanto que Blas, que en ese tiempo era secretaria general de ATE, sólo participó en la protesta, el día 23.

La sentencia absolutoria de los sindicalistas locales podría ser vista de forma polémica, no sólo en relación al hecho sino a las  distintas posiciones que toma la Justicia Federal, ante el último cambio del Ejecutivo nacional.

La Corte local deberá tratar otra condena similar

La Suprema Corte provincial deberá expedirse sobre una condena similar que recayó tanto sobre Raquel Blas como Roberto Macho en el fuero penal y que ahora fue anulada.

En marzo de este año el Tribunal Colegiado Número 2, condenó a ambos sindicalistas a tres meses de prisión en suspenso por haber cortado la calle durante una marcha ocurrida el 24 de febrero de 2016. La condena fue por el delito de "impedimento del normal funcionamiento del transporte por tierra".

Raquel Blas y Roberto Macho participaron de una manifestación que comenzó con un corte en San Martín y Garibaldi y se desplazó por el centro para finalizar en Casa de Gobierno.

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