Después de las fotos en las que se ve a Julieta Silva compartiendo una reunión entre amigas, aparentemente en la casa donde cumple prisión domiciliaria por la muerte de Genaro Fortunato, la polémica no tardó en instalarse tanto en San Rafael como en todo Mendoza.
Los Andes consultó especialistas en derecho penal, un abogado que trabaja en el sector privado y un integrante del cuerpo de fiscales, sobre los requisitos generales que deben cumplir las personas con arresto domiciliario y surgieron pareceres encontrados.
Para el abogado penalista Gustavo Nedic, la persona recibe un beneficio que es cambiar la cárcel por la casa, pero eso no implica que no deba actuar dentro de determinados parámetros de buena conducta y mucho menos exteriorizarlo, para no afectar a la víctima o los familiares de ella.
“Tenés que tener realmente una conducta de arrepentido cuando has sido condenado. El sentido común te tiene que señalar que lo tuyo realmente es un beneficio morigerado, cambiaste la cárcel por tu casa pero no vas a poder hacer lo que quieras”, afirmó Nedic.
“Si vas a la cárcel a ver a un interno, tenés que dar el nombre, te tienen que revisar, pasás una serie de requisitos que a la gente no le gusta y es lo mismo que en tu casa. No podes recibir a un batallón de gente, de parientes, amigos y menos estar exteriorizando esas conductas de algarabía porque están afectando en forma directa a la víctima. Te estás riendo casi en la cara de la víctima. Y los que se sientan afectados pueden recurrir al tribunal y pedir que se revoque el beneficio de la prisión domiciliaria”, añadió el letrado.
En cambio, para el fiscal Javier Giarolli, todo queda sujeto a las condiciones que imponga el tribunal.
Primero se debe determinar “qué le permitió el tribunal, porque hay gente que estando en prisión domiciliaria puede salir a trabajar, ir a un velorio, al médico o a cuidar un familiar”, explicó.
En el caso de reuniones más amplias o festejos, “en eso no hay ningún problema si la persona no está incomunicada, mientras no viole el perímetro no hay inconveniente” y para graficar puso como ejemplo la situación de Milagro Sala, la líder de la Tupac Amaru, ya que mientras permaneció con arresto domiciliario “tenía las reuniones de la Tupac en la casa, se juntaban como 200 personas”.
“Lo que se debe ver es si el tribunal le pone restricciones y con que fundamentos”, concluyó el fiscal.
En tanto, el abogado defensor de Silva, Alejandro Cazabán, sentó postura y dijo que la mujer no cometió delito alguno.
"Respeto a la familia (Fortunato), nunca le voy a contestar a la familia, y si alguien quiere hacer una denuncia que la haga en el expediente. Ella (por Julieta) ha cumplido todas sus obligaciones desde que le dieron prisión domiciliaria hasta el día de hoy”, apuntó el letrado.
A pesar de las posiciones enfrentadas, un nuevo capítulo de indignación en algunos y defensa por parte de otros se sumó a la causa de Genaro Fortunato, el joven rugbier que perdió la vida el 9 de septiembre de 2017 al ser atropellado por el automóvil que conducía su pareja, Julieta Silva.